Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 30 de Junio de 2022, expediente CIV 065273/2008/CA002

Fecha de Resolución30 de Junio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

65273/2008

SGOLASTRA SANTIAGO JAVIER c/ EMPRESA LINEA 216 SA

DE TRANSPORTE s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES.

O MUERTE)

Buenos Aires, 30 de junio de 2022.-

AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto el 29/4/2022 frente a la regulación de honorarios del 21/4/2022.

Ahora bien, es sabido que para estudiar los emolumentos motivados en este tipo de trabajos deben ponderarse las constancias de autos y la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión junto con la naturaleza del asunto, su cuantía y las demás pautas establecidas en los arts. 1, 3,16, 21,41, 51, 54 y concordantes de la ley 27.423.

Igualmente, es importante resaltar que esta Sala considera que siempre tiene que respetarse la proporcionalidad que debe haber entre la base regulatoria y los honorarios.

Bajo tales premisas, por resultar elevados, se reducen los honorarios del Dr. G.H.B.L., patrocinante del perito médico, en la cantidad de 1 UMA que al día de la fecha representa la suma de $9.001.

ASÍ SE DECIDE.

La vocalía número 27 se encuentra vacante.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Se hace constar que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por...

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