Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 9 de Mayo de 2022, expediente FRO 001096/2017/CA001
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
Visto, en Acuerdo de la Sala “A” –
integrada-, el expediente Nro. FRO 1096/2017, caratulado:
SERVIPRAC SA c/ SCHULTZ, Carlitos s/ CONSIGNACIÓN
,
(originario del Juzgado Federal Nro. 1 de esta ciudad), del que resulta:
-
- Vinieron los autos a conocimiento de este Tribunal, en virtud de los recursos de apelación interpuestos y fundados por la actora (fs.
261/262) y demandada (fs. 264/266vta.), contra la Resolución de fecha 08 de julio de 2020 (fs. 255/259vta.), que decidió:
Declarar que se ha tornado abstracto el pronunciamiento acerca de la pretensión deducida en autos por SERVIPRAC SA
contra SCHULTZ, CARLITOS, atento a los argumentos vertidos en los considerandos que anteceden. Distribuir las costas por su orden. (art. 68 2º párrafo del CPCCN)…
.
Concedidos los recursos y contestados los agravios únicamente por la parte demandada (fs.
267/268vta.), se elevaron las actuaciones (fs. 271vta.).
Radicadas en esta Sala “A”, se ordenó que pasaran al Acuerdo para resolver (fs. 276, según el Sistema Lex 100).
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- Mediante escrito presentado en fecha 17 de septiembre de 2021, ambas partes informaron que arribaron a un acuerdo transaccional, en virtud del cual acordaron distribuir las costas del proceso por su orden y desistieron de los recursos de apelación oportunamente deducidos.
Y considerando que:
-
- Conforme a lo expuesto,
corresponde receptar lo peticionado por ambas partes, con lo cual queda consentida y firme la sentencia de primera instancia de fecha 08 de julio de 2020, obrante a fojas 255/259vta.
Fecha de firma: 09/05/2022 2.- Con relación a las costas de la Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: E.P., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CÁMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
instancia, dadas las previsiones del artículo 73 del CPCCN,
especialmente la de su párrafo primero, además de lo convenido por las partes sobre ese punto, se han de imponer a las recurrentes por su orden.
Por tanto,
SE
RESUELVE:
-
- Tener a los apelantes por desistidos de los recursos interpuestos y, en...
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