Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 7 de Marzo de 2019, expediente COM 021946/2016

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 21946/2016 – SERVICIO TÉCNICO S.A C/ TELEVISION FEDERAL S.A S/ ORDINARIO Juzgado N° 19 – Secretaría N° 37 Buenos Aires, 7 de Marzo de 2019 Y VISTOS:

I.M. esta intervención el recurso interpuesto a fs.

379 por Televisión Federal S.A contra la sentencia dictada a fs.

347/376 que hizo lugar a la demanda entablada por Servicio Técnico S.A y condenó a la accionada a abonar la suma de $ 668.798,56 con más los intereses y costas del juicio.

Los agravios fueron expresados a fs. 387/389vta y respondidos por la sindicatura a fs. 391/391vta. y por la actora a fs.

393/394.

  1. La sencillez de las cuestiones sometidas a la consideración de la Alzada aconseja dar rápida solución al caso, recurriendo a la vía del CPr., 275 (CNCom., esta S., in re Página 1 de 6 Fecha de firma: 07/03/2019 CNCom., S.B., E.. N° 21946/2016, J.. N° 19, S.. N° 37 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #28997074#227099796#20190307085841920 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B “B., A.O. c/ Tibogal S.C.A. s/ ordinario”, del 02/11/90; ídem in re “Coperamt SA c/ Vega, C. s/ ordinario”, del 07/03/91; “Zalcman, J. y otro c/ Iresuk, R. y otro s/ sumario”, del 30/03/93; “American Express Argentina S.A. c/ Naya, M.C. s/

    ordinario”, del 14/03/94; entre otros).

  2. La expresión de agravios debe formular una crítica concreta y razonada de los errores en que pudiera haber incurrido el órgano jurisdiccional, a juicio de quien se alza impugnando el fallo.

    No satisfaciéndose eficientemente la carga procesal, si no se puntualizan los errores extraídos del razonamiento del Juez, indicando con datos precisos y puntuales, cuáles son los fundamentos jurídicos que se le oponen y que emergen de las constancias de la causa. Éstos deben convalidar la crítica expuesta en conforme al derecho vigente (conf. C.N.Com., esta S., in re “P.A.H. c/ Bavarian Motors S.A. s/ ordinario”, del 15/11/2009; entre otros).

    La fundamentación del recurso no se agota en el quantum discursivo, sino en la qualitae razonativa y crítica. No basta Página 2 de 6 Fecha de firma: 07/03/2019 CNCom., S.B., E.. N° 21946/2016, J.. N° 19, S.. N° 37 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #28997074#227099796#20190307085841920 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B el disentimiento con la...

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