Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 28 de Noviembre de 2019, expediente CNT 051272/2017/CA001

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 51272/2017 - SERRANO, AUGUSTO OMAR c/ EXPERTA ASEGURADORA DEL RIESGO DE TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 28 de noviembre de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la representación letrada de la demandada a fs. 121 por considerar elevados los honorarios regulados al perito médico a fs. 120.

Y CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos, cabe destacar que, atendiendo a la importancia, complejidad, extensión, mérito, y calidad de las tareas llevadas a cabo, lo normado por el art. 38 de la L.O. y por los arts. 16, 21, 58 y ss. de la ley 27.423, los honorarios regulados al perito médico a fs. 120 resultan elevados, razón por la cual corresponde que sean reducidos a la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($16.000-.), a valores del presente pronunciamiento.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Reducir los honorarios regulados al perito médico a la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($16.000-.), a valores del presente pronunciamiento 2) Hágase saber a las partes y peritos que rige lo dispuesto por la Ley 26.685 y Ac. C.S.J.N N.. 38/13. 11/14 y N.. 3/15 a los fines de notificaciones, traslados y presentaciones que se efectúen.

R., notifíquese y oportunamente devuélvase.

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