Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 31 de Marzo de 2022, expediente CNT 065418/2014/CA001

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA DEFINITIVA

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 65418/2014

(Juzg. Nº 18)

AUTOS:”SEPULVEDA MARIO EDUARDO C/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL

TRABAJO INTERACCION S.A. S/ ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”

Buenos Aires, 30 de marzo de 2022.-

En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

EL DOCTOR C.P. DIJO:

Los agravios de la demandada están destinados a cuestionar la magnitud del daño físico, la atribución de incapacidad psíquica y lo decidido en materia de intereses pidiendo sean topeados y se aplique el decreto 1.022/17,

mientras que los auxiliares de justicia persiguen la elevación de sus emolumentos profesionales.

En verdad, el pronunciamiento de grado debería ser revocado pues resulta inexplicable que, habiéndose denunciado una lesión en el pie derecho (ver escrito de inicio, fs. 5

vta.), se condene a la aseguradora por un daño detectado en el pie izquierdo, máxime cuando se trata de un dependiente que,

en un breve período, denunció varios siniestros originados en Fecha de firma: 31/03/2022

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

torceduras o esguinces de sus miembros inferiores (ver fs.

49/50) pero este Tribunal carece de potestades revisoras en la materia y la regla “reformatio in peius” me impide propiciar una modificación de tal magnitud (art. 277, CPCC).

El primer agravio de la demandada respecto a la estimación del déficit físico no puede ser receptado: el decreto 659/96, ante la fractura del peroné, permite que el experto adjudique a la víctima una minusvalía que oscila entre el 5 y el 15% y, ante la fractura consolidada en deseje, del 10 al 20% y explicada por el experto legista su decisión al responder al escrito impugnatorio (ver fs. 164/5) no existe base fáctica o jurídica para una rectificación en la materia o para concluir que se ha desconocido o desobedecido la manda reglamentaria.

Por el contrario, la adjudicación de incapacidad psicológica debe dejarse sin efecto: los expertos en salud mental aceptan que las personas pueden sufrir enfermedades a las que designan como trastornos de ansiedad y que abarca patologías como: a) el trastorno de pánico que, por regla, se atribuye a factores genéticos; b) el trastorno obsesivo-

compulsivo (toc) que se traduce en conductas ritualistas; c)

la fobia social que implica un temor irracional a la gente; d)

las fobias específicas que hace que el individuo no pueda soportar ciertas situaciones (ej. la presencia de un animal,

entrar en recintos cerrados, etc.); d) el trastorno de ansiedad generalizada (tag) que implica la preocupación excesiva por problemas de la vida diaria y e) el trastorno de estrés postraumático (tept).

Fecha de firma: 31/03/2022

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

Es dicha patología la que describe el legislador laboral al hacer referencia al denominado trastorno post-traumático tipificándolo como una respuesta tardía o diferida del ser humano a un acontecimiento estresante y abrumador, o a una situación de naturaleza excepcionalmente amenazante o catastrófica –accidente de tránsito con riesgo vital,

agresiones, robo, violación, etc.- que pueden sufrir los trabajadores en el ejercicio de su actividad profesional y que llevan a la víctima a considerar que vive en un mundo inseguro o impredecible quebrando su confianza espiritual (conf. crit.

N., J., “Los riesgos psicosociales en el trabajo”, p.

372, ed. Conicet; P.S., “Manual de Psiquiatría” p.

407, ed. Ene Life Publicidad SA, España, P.U., “Curso básico de...

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