Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de 17-06-2014

Fecha17 Junio 2014
EmisorTribunal Superior de Justicia de Santa Cruz (Argentina)
PROVINCIA: SANTA CRUZ
LOCALIDAD: RIO GALLEGOS
FUERO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SECRETARIA: PENAL
INSTANCIA: TERCERA
OTROS RECURSOS Nº:021
OBJETO: RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
FECHA: 17 de Junio de 2014.-

AUTOS: “V. V. S/ABUSO SEXUAL SIMPLE REITERADO AGRAVADO POR SER EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA EN C/R CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA Y ABUSO SEXUAL SIMPLE REITERADO AGRAVADO POR EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA EN C/R CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA�, Expte. Nº V-728/12

Y VISTOS:
Los presentes autos caratulados “V. V. S/ABUSO SEXUAL SIMPLE REITERADO AGRAVADO POR SER EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA EN C/R CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA Y ABUSO SEXUAL SIMPLE REITERADO AGRAVADO POR EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA EN C/R CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER EL ASCENDIENTE DE LA V�CTIMA�, Expte. Nº V-728/12/T.S.J., venidos al Acuerdo para resolver; y,
CONSIDERANDO:
I.-) Llega la presente causa a tratamiento de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia para analizar la admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 413/426 por el Sr. Defensor General, Dr. D.N.F.¡ndez, en representación del condenado V. V., contra el pronunciamiento dictado por este Alto Cuerpo a fs. 397/405 vta. que resuelve “...1º) RECHAZAR por improcedente el recurso de casación interpuesto a fs. 374/380 por el Sr. Defensor oficial Dr. S.M. Lozada, en representación del condenado V. V. 2º) CONFIRMAR la sentencia dictada por la Excma. Cámara Criminal de la Primera Circunscripción Judicial obrante a fs. 344/355...".-
II.-) La parte recurrente -previo referir los antecedentes de la causa (fs. 417/420 vta.)- inicia la crÃtica a la resolución que pronunciara este Alto Cuerpo con fundamento en la presunta violación a la defensa en juicio, el debido proceso (art. 18 de la C.N.), asà como arbitrariedad (fs. 420 vta.).-
Afirma el recurrente al comenzar la exposición de agravios, que "...los agravios que la sentencia causa a los intereses de mi defendido configuran por su entidad cuestión federal y ello queda patentizado pues al rechazarse el recurso de Casación interpuesto...", plantea violación a las normas constitucionales y supranacionales, violación a la defensa en juicio, al debido proceso (art. 18 de la C.N.) asà como arbitrariedad.-
Agregó que "...ha quedado seriamente afectada la defensa en juicio asà como el debido proceso legal y... cabe señalar cómo la sentencia en el punto atacado carece de fundamentación suficiente, lo que origina y da sustento a la procedencia de este remedio extraordinario pues si bien los magistrados en el fallo impugnado parecieran analizan los agravios, se advierte que lo realizan sólo de un modo fugaz que lo convierte en un fundamento aparente pues no se detienen a responder acerca de la carencia de prueba. Tal como se sostiene en el recurso casatorio, los extremos de la imputación deben siempre probarse en forma positiva, efectiva y fehaciente y en autos ninguno de esos extremos se han cumplido. La impugnación defensista se detiene en la ausencia del testimonio de la Lic. V. pues a la luz de la verdad real asà como del derecho de defensa de mi pupilo, la falta del testimonio aludido y su exclusión originan la arbitrariedad de la sentencia y del proceso penal...".-
El recurrente finaliza su presentación sosteniendo la existencia de cuestión federal (fs. 425 y vta.).-
III.-) A fs. 427 se ordena traslado del recurso extraordinario interpuesto al Sr. Representante del Ministerio Pupilar, Dr. J.W.G. quien manifestó que "...en el interés superior de mis representadas promiscuas, a quien se le habrÃan vulnerado sus derechos a crecer y formarse sexualmente en un marco de libertad, vulnerando su integridad sexual, corresponde que me expida solicitando a V.E. se rechace el Recurso Extraordinario Federal interpuesto por el Dr. Domingo Fernández, Defensor General ante el Excmo. Tribunal Superior de Justicia, en representación del imputado V. V., contra la resolución denegatoria del recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado, de fecha 7 de agosto de 2013, de fs. 397/405. Este ministerio pupilar, considera que el Recurso Extraordinario interpuesto a fs. 679/694 (sic) no se adecua a ninguno de los requisitos taxativos establecidos en el artÃculo 14 de la Ley 48 "Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Nacionales"... el Recurso Extraordinario interpuesto, de la misma forma que el Recurso de Casación intentado por el Dr. Santiago Lozada (Defensor Oficial de Cámara Criminal), a fs. 374/380, carecen de un análisis o de una correcta identificación de las partes de la sentencia condenatoria que violarÃan las garantÃas constitucionales invocadas. La sentencia condenatoria y la Resolución adoptada por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia se encuentran debidamente fundadas... Este tipo de delitos sexuales intrafamiliares cometidos generalmente en la intimidad de un domicilio, presentan un desafÃo a los actores judiciales en la dificultad para la recolección de pruebas convencionales, tomando, en consecuencia, relevancia decisiva los dichos de las vÃctimas, y el análisis que de estos practiquen los peritos auxiliares de la justicia. En el presente caso en el que las
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