Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de 20-10-2015

Fecha20 Octubre 2015
EmisorTribunal Superior de Justicia de Santa Cruz (Argentina)
Provincia: Santa Cruz
Localidad: RÃo Gallegos
Fuero: Tribunal Superior de Justicia -SecretarÃa Civil-
Instancia: Extraordinaria Provincial E.. N°: E-1.990/14-TSJ
Interlocutorio N°: 3.146.-
Actor: E.J.L.
Demandado: GONZALEZ ALEJANDRINO
Objeto: ESCRITURACIÓN S/ RECURSO DE QUEJA
Fecha: 20-10-15
Texto: TOMO XXVI – INTERLOCUTORIO – T.S.J..-
REGISTRO Nº 3.146
FOLIO Nº 5.162/5.164
PROT. ELECT. TSS1 056 I.151
RÃo Gallegos, 20 de octubre de 2015.-
Y VISTOS:
Los presentes autos caratulados “ERCOLANO J.L.c.G. ALEJANDRINO s/ ESCRITURACIÓN s/ RECURSO DE QUEJA�, E.. Nº E-1990/14-TSJ, venidos al Acuerdo para resolver; y
CONSIDERANDO:
I.- Que llegan los presentes autos a conocimiento del Excmo. Tribunal Superior de Justicia en virtud del recurso de queja interpuesto a fs. 37/50 por los letrados apoderados del actor, contra la sentencia interlocutoria de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de MinerÃa de la Primera Circunscripción Judicial, que en copia obra a fs. 33/35, en cuanto declara formalmente inadmisible el recurso de casación interpuesto, cuya copia luce agregada a fs. 20/32.-
A fs. 6/9 vta. obra copia de la sentencia de Primera Instancia, la cual hizo lugar a la demanda de escrituración, imponiendo las costas por su orden, lo que motivó el recurso de apelación del actor, el cual fue rechazado por la Excma. Cámara, confirmando de esta manera la sentencia de la anterior instancia.-
El recurrente, señala que la Cámara “…se aparta de las normas jurÃdicas… lesionando asà el derecho constitucional de propiedad, debido proceso y garantÃa en juicio…â€� (cfr. fs. 49) Y que la misma no realiza un “…análisis de los agravios, ni esgrime argumentos jurÃdicos que quiten de sustento a los mismos, limitándose a efectuar citas jurisprudenciales dudosamente aplicables al caso y a concretar manifestaciones genéricas alejadas de los fundamentos de derecho dados por esta parte al explayarse sobre la interpretación del boleto de compraventa. El rechazo del recurso de casación en los términos concretados por el interlocutorio atacado resulta de por si agraviante, visto la nula fundamentación que contiene. El análisis de cláusulas del boleto de compra venta objeto de autos de manera aislada, sin aplicar reglas y principios básicos de derecho…â€� (cfr. fs. 49 vta.).-
Se agravia de la interpretación realizada por la Cámara respecto a que “…esta parte pretendió utilizar las publicaciones periodÃsticas realizadas en un diario local como modo de notificación fehaciente -al igual que el demandado en sus escritos-. He aquà el primer error. Esta parte JAMÃ�S tuvo tal intención ni esgrimió ello a modo de defensa. Las publicaciones fueron realizadas… en diarios de amplia difusión local solo como demostración de buena voluntad y a fin de evitar el inicio de múltiples causas judiciales…â€� (cfr. fs. 45 vta.). Argumenta que en la sentencia de la Cámara se aplica e interpreta de manera aislada la cláusula décimo tercera del boleto de compraventa, cuando considera que debió hacerlo en forma integral y armónica, en particular considerando lo dispuesto por la cláusula décimo quinta (conf. fs. 45 vta./46). Continúa su relato afirmando que “…Claramente las partes acordaron poner en cabeza del comprador la carga de impulsar el acto escriturario. Se convinieron
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