Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de 12-03-2013

Fecha12 Marzo 2013
EmisorTribunal Superior de Justicia de Santa Cruz (Argentina)
Provincia: Santa Cruz
Localidad: RÃo Gallegos
Fuero: Tribunal Superior de Justicia -SecretarÃa Civil-
Instancia: Única Expte. N°: H-704/11-TSJ
Sentencia N°: 935
Actor: HUITRAYAN MARIO ALFONSO
Demandado: POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Y ESTADO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Objeto: DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
Fecha: 12/03/13
Texto:
TOMO XIV - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - T.S.J..-
REGISTRO N°: 935
FOLIO N°: 2794/2796
PROT. ELECT. TSS1 003 C.131
RÃo Gallegos, 12 de Marzo de 2013.-
Y VISTOS:
Los presentes autos caratulados: “HUITRAYAN MARIO ALFONSO C/ POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Y ESTADO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ s/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA�, Expte. Nº H-704/11-TSJ, venidos al Acuerdo para resolver; y,
CONSIDERANDO:
I.- Que llegan los presentes autos a conocimiento de este Alto Cuerpo, a los fines de tratar la excepción previa de inadmisibilidad de la instancia por extemporaneidad del planteo, interpuesta por la codemandada, FiscalÃa de Estado de la Provincia de Santa Cruz, a fs. 35 vta./36 (conf. art. 64, segundo párrafo del C.P.C.A. -Ley N° 2600-) y pronunciarse respecto de la admisibilidad formal de la demanda y materia de la litis (conf. art. 60 del C.P.C.A. -Ley N° 2600-).-
II.- Que a fs. 8/12, se presenta el Dr. J.A.S., apoderado del Sr. M.A.H., con el patrocinio letrado de la Dra. D.M.H.C., e interpone demanda contencioso administrativa contra la PolicÃa de la Provincia de Santa Cruz y contra el Estado de la Provincia de Santa Cruz, a fin que “…se anulen por ilegitimidad el Decreto Provincial Número 577/11 y la Disposición 686/D1 R 09 emanada del Sr. Jefe de PolicÃa de la Provincia de Santa Cruz, instrumentos estos en virtud de los cuales se decreta la cesantÃa de mi mandante como agente de la PolicÃa Provincial y se rechazan los recursos administrativos oportunamente interpuestos; solicitando que, anulados que fueran los instrumentos legales que ordenaron la cesantÃa de mi mandante, se ordene su reincorporación a la fuerza con efecto retroactivo y se ordene el pago de los salarios caÃdos…â€� (confr. fs. 8).-
Explica que el Sr. H. “…ingresó con 18 años de edad como agente de la PolicÃa de la Provincia de Santa Cruz, habiendo sido dado de alta el 21 de mayo de 2.007 como Agente de PolicÃa ‘Alta en Comisión’, habiendo sido destinado a la Unidad de Bomberos Primera y a la Unidad de Bomberos 17° El Chaltén dependiente de la Unidad Decimonovena de la PolicÃa de la Provincia de Santa Cruz… â€� (confr. fs. 8 vta.). Que, tras una denuncia policial efectuada en su contra, el 25 de noviembre de 2008, por posible hurto de productos alimenticios del depósito de un supermercado, se suscitó una investigación judicial por su posible participación en el hecho, que culminó decretándose la falta de mérito (ver fs. 157/160 expediente administrativo), que paralelamente, se le inició un sumario administrativo que, tras su sustanciación, concluyó con el dictado por parte del Jefe de PolicÃa de la disposición que propicia el dictado del instrumento legal para su cesantÃa (ver. Disposición N° 686-D.1-“Râ€�/09 de fs. 100 y vta. del expediente administrativo), manifiesta que con-tra esa
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