Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de 15-08-2014

Fecha15 Agosto 2014
Provincia: Santa Cruz
Localidad: RÃo Gallegos
Fuero: Tribunal Superior de Justicia -SecretarÃa Civil-
Instancia: Extraordinaria Provincial Expte. N°: V-1.955/14-TSJ
Interlocutorio N°: 3.067.-
Actor: VERMAZ S.R.L Y OTRO
Demandado: SINDICATO DE MEC�NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y OTRO
Objeto: PAGO POR CONSIGNACIÓN
Fecha: 15-8-14
Texto: TOMO XXV – INTERLOCUTORIO – T.S.J..- REGISTRO Nº 3.067.-
FOLIO Nº 4.986/4.989.-
PROT. ELECT. TSS1 037 I.141
RÃo Gallegos, 15 de agosto de 2014.-
Y VISTOS:
Los presentes autos caratulados: “VERMAZ S.R.L. Y OTRO c/ SINDICATO DE MEC�NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y OTRO s/ PAGO POR CONSIGNACIÓN�,
Expte. Nº V-9.852/08 (V-1.955/14-TSJ), venidos al Acuerdo para resolver; y
CONSIDERANDO:
I.- Que llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal Superior de Justicia, en virtud del recurso de casación interpuesto a fs. 702/708 vta. por los Dres. Héctor Fabián FarÃas y O.S.B., en su carácter de apoderados de la codemandada -quienes invocan ser la Comisión Ejecutiva del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (SMATA) Seccional Provincia de Santa Cruz y Tierra del Fuego, cuyo S. General pretende ser el Sr. D.R.C.¡rdenas-, contra la sentencia dictada por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de MinerÃa de la Segunda Circunscripción Judicial, obrante a fs. 694/698.-
Que sucintamente, en lo que interesa a esta etapa, el caso se presenta en los siguientes términos:
La firma VERMAZ S.R.L., E.E.V. y J.J.© Mazquiarán, por intermedio de su apoderado, Dr. Y.C., promueven demanda por consignación contra el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (SMATA) Seccional Pcia. de Santa Cruz y Tierra del Fuego, en su delegación sita en la calle R.N.° 110 de RÃo Gallegos; y contra el mismo Sindicato (SMATA), con su delegación en calle Alcorta 246 de RÃo Gallegos. Ante la existencia aparente de dos conducciones sindicales, solicita que se resuelva a quién y en qué cuenta bancaria debe depositar las retenciones de carácter gremial que, como empleadora, le efectúa a sus dependientes afiliados al gremio referido (confr. fs. 25/27

vta.).-
A fs. 87/92, quienes dicen ser la Comisión Directiva de la
Seccional Santa Cruz y Tierra del Fuego de SMATA, con domicilio real denunciado en calle S.d.E.n.° 43 de RÃo Gallegos (confr. fs. 170), siendo su S. General el Sr. M.A.¼ello, contestan la demanda. En este escrito solicitan que se ordene realizar los depósitos de marras en su cuenta y a orden de la Comisión Ejecutiva de la Seccional que resulte facultada (confr. fs. 92).-
A fs. 156/159 vta., el Sr. D.R.C.¡rdenas, quien afirma ser el S. General de SMATA Seccional Santa Cruz y Tierra del Fuego, contesta la demanda. Allà denuncia como domicilio real a calle José Crema 215 de RÃo Gallegos; y solicita que se lo declare legitimado para recepcionar y administrar las retenciones depositadas por la actora en concepto de cuota sindical (confr. fs. 156 y 159 vta.).-
En la sentencia de primera instancia (obrante a fs. 595/598 vta.) se decide: “¼Tener por consignada la suma de pesos Doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos doce con treinta y cuatro centavos ($ 275.412,34) a favor de la Seccional SMATA con domicilio en calle S.d.E.n.° 43 de RÃo Gallegos [cuyo S. General es el Sr. M.R.©n Argüello]¼ (confr. fs. 598 vta.). A tal solución se arriba en atención a que con fecha 16 de noviembre de 2006 la XXXV Asamblea General extraordinaria de delegados Congresales del Sindicado SMATA dispone la expulsión como afiliado de dicha entidad gremial del Sr. D.R.C.¡rdenas. Asimismo
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