Sentencia Nº MP2-3205/2020 de Superior Tribunal de Justicia, 19-09-2023

Fecha19 Septiembre 2023
Número de expedienteMP2-3205/2020
EmisorJuzgado de Menores-Juzgado de Menores Nº 2-Secretaría Penal y Contravencional
Tipo de documentoSentencias
MateriaPROCESAMIENTO SIN PRISION PREVENTIVA,ROBO CALIFICADO

SAN PEDRO DE JUJUY, DIECINUEVE de SEPTIEMBRE de 2023.

Y VISTAS: Las actuaciones incorporadas al Expte. Nº3.205/20, caratulado: “C., B. G. p.s.a. de ROBO CALIFICADO POR ESCALAMIENTO Y EFRACCIÓN – LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN” (Sumario Policial N°0307-C-2020), para resolver la situación procesal de: B. G. C., D.N.I. N°…., argentino, soltero, nacido el 05 de junio de 2002 en Libertador General San Martín, de veintiún (21) años de edad, hijo de A.E.C. y de C. M. F., con domicilio real en Manzana …, Lote …. del Barrio San Francisco de la ciudad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma, P.J..

DEL QUE RESULTA: El hecho investigado en el presente legajo aconteció “el día seis de junio de 2020, a horas 04:00 aproximadamente, el joven B. G. C., previo escalar mediante el uso de una escalera de metal, la pared que colinda con la calle Monseñor de la Iglesia, ingresó al local comercial de la Empresa Distribuidora M. y S. S. (Quilmes-Pepsi), hizo un hueco en la pared que da al depósito principal para luego romper el ingreso a la oficina de tesorería y sustrajo el dinero de la caja fuerte, lo que ascendió a la suma de pesos seiscientos cuarenta y dos mil novecientos sesenta ($642.960,00) discriminados en veintisiete (27)fajos de dinero de diferentes valores, Nº 1: un fajo de cien billetes de mil pesos ($10.000), Nº2 un (1) fajo de cuarenta billetes de mil pesos ($40.000), Nº3: un (01) fajo de noventa y nueve billetes de mil pesos ($99.000), Nº4: un (01) fajo de setenta y tres billetes de quinientos pesos ($36.500), Nº5: un (01) fajo de cien billetes de quinientos pesos ($50.000), Nº6: un (01) fajo de cien billetes de quinientos pesos ($50.000), Nº7: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº8: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº8: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº9: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº10: un (01) fajo de noventa y dos billetes de doscientos pesos ($18.400), Nº11: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº12: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos (10.000), Nº13: un (01) fajo de cien billetes de cien peso ($10.000), Nº14: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº15: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº16 un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº17: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº18: un (01) un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº19: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº20: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº21: un (01) fajo noventa y dos billetes de cien pesos ($9.200), Nº22: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº23: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº24: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos (10.000), Nº25: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº26: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº 27: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000)”.

CONSIDERANDO: A) En fecha 05 de junio de 2020, el joven inculpado es trasladado a la sede de este Juzgado (fs. 58), donde -en presencia de su abogado defensor- es citado a prestar declaración en la presente causa. Acto seguido, pone de relieve que -en ejercicio de derechos y garantías constitucionales- “…se abstiene de prestar declaración”.

B) De las pruebas incorporadas: Durante la Investigación practicada se colectaron los siguientes elementos probatorios: Actas de Prevención (fs. 01, 15, 155/173); Informe médico de B. G. C. (fs. 07, 33); Fotocopia de Certificado de Nacimiento y D.N.I. de B. G. C. (fs. 09, 10, 26, 27); C.I. del lugar del hecho (fs. 17); Denuncia Legal y ampliación de D.C. y E. M. F. (fs. 18, 20, 97, 149); Fotocopia de Planilla de Caja (fs. 23); Conocimiento de C.B.G.C. (fs. 32); Acta de Diligencia de Conteo y Entrega de dinero (fs. 38); Informe Ambiental de B.G.C. (fs. 29); Orden de Detención de B. G. C. (fs. 51); A. de Visu de C.(fs. 55); Conocimiento de Causa y Designación de Abogado Defensor de C. (fs. 57); Declaración Indagatoria de B.G.C. (fs. 58); Informe Centro de Admisión y Derivación de Adolescentes en Conflicto de la Ley Penal (fs. 62, 65, 71, 82, 121, 125, 129); Informe Social C. (fs. 89, 92); Informe Médico-Psicológico (fs. 95); Informe División Criminalística (fs. 102/113), Resolución de Libertad bajo Caución Juratoria de C.(131/133).

C) Del minucioso cotejo de los antecedentes probatorios colectados en autos, este órgano jurisdiccional entiende que existen elementos de convicción suficientes para sostener como probable tanto la existencia material del hecho atribuido, como la participación penalmente responsable del joven B. G. C. en el mismo. Tal aseveración encuentra firme sustento en las evidencias reunidas a lo largo de la investigación que -de inmediato- paso a desarrollar. El acta de prevención (fs. 01) labrada en fecha 06 de junio de 2020, a horas 05:50, en la Comisaría Seccional 39 de la ciudad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma de la Provincia de Jujuy, haciendo constar que a la hora mencionada se recibió un llamado telefónico informando que en el barrio San Francisco, Manzana …, Lote ….había un problema familiar en la casa de la familia F.. Una vez en el lugar, el personal policial se entrevista con la señora C. M. F. que manifestó que tenía un problema con su hijo B. G. C., de 17 años de edad porque se había presentado en el domicilio con dos bolsas de residuo llenas de dinero en efectivo, discriminado en billetes varios por lo que ella dio aviso a la policía. Ante ello el nombrado metió dinero en una mochila color negra y marrón e intentó retirarse, lo que ella impidió demorándolo hasta la llegada del personal policial. Se describe que, en la vereda del domicilio, se observa en el suelo al lado de una persona de sexo femenino y al hijo, una mochila color negra y marrón abierta con fajos de dinero dentro de la misma, algunos de los cuales manchados con sangre, por lo que se procede a la demora del menor y comprometiéndose la madre a presentarse en la unidad policial con la mochila a fin de hacer entrega voluntaria de tal dinero. A horas 07:10 llega el personal de la División Criminalística a realizar las pericias de rigor a la mochila y a horas 07:20 la señora C.M.F. llega a la comisaría a entregar el dinero que se encuentra en 27 fajos de billetes: Nº 1: un fajo de cien billetes de mil pesos ($10.000), Nº2 un (1) fajo de cuarenta billetes de mil pesos ($40.000), Nº3: un (01) fajo de noventa y nueve billetes de mil pesos ($99.000), Nº4: un (01) fajo de setenta y tres billetes de quinientos pesos ($36.500), Nº5: un (01) fajo de cien billetes de quinientos pesos ($50.000), Nº6: un (01) fajo de cien billetes de quinientos pesos ($50.000), Nº7: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº8: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº8: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº9: un (01) fajo de cien billetes de doscientos pesos ($20.000), Nº10: un (01) fajo de noventa y dos billetes de doscientos pesos ($18.400), Nº11: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº12: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº13: un (01) fajo de cien billetes de cien peso ($10.000), Nº14: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº15: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº16: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº17: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº18: un (01) un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº19: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº20: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº21: un (01) fajo noventa y dos billetes de cien pesos ($9.200), Nº22: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº23: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº24: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº25: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº26: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), Nº 27: un (01) fajo de cien billetes de cien pesos ($10.000), del que luego se hace entrega al señor D.C. mediante Acta de conteo y entrega de dinero (fs. 38) . A fs. 2 se deja constancia de la diligencia de entrega voluntaria de la mochila negra y marrón conteniendo los fajos de billetes de los cuales se detalla número de serie de cada uno. El Certificado médico firmado por la Dra. M.R.d.H.O.O. de Libertador General San Martín (fs. 07) detalla que el joven B.G.C., al momento del examen presenta herida cortante profunda en mano izquierda, de aproximadamente siete centímetros de longitud y excoriación en muslo, cara externa de aproximadamente 10 cm. de diámetro, inferidas según refiere, con objeto romo, aproximadamente 40 minutos antes del examen. El Acta iniciando instrucción penal preparatoria labrada por la Brigada de Investigaciones de la ciudad de Libertador General San Martín que refiere que a horas 09:25 del día seis de junio de 2020 se presentan en el lugar del hecho, sito en Avenida Soberanía Nacional, Manzana 174, Lote 17 del barrio Parque Industrial individualizado como Distribuidora M. y S. S.(QUILMES-PEPSI), donde se entrevistan con el gerente a cargo señor D.C., quien manifiesta que en la oficina posee caja fuerte de donde el inculpado sustrajo aproximadamente $642.960 y que al inspeccionar las cámaras de seguridad se observa el ingreso de un sujeto de sexo masculino que cometió el hecho del robo. Luego se procede a realizar una inspección ocular en el lugar del hecho de la que surge que el sitio está emplazado en la Avenida Soberanía Nacional, presenta un portón metálico de tipo corredizo para ingreso de vehículos y a su vez posee una puerta para ingreso de personas en el mismo portón con cerradura la cual no...

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