Sentencia Nº D-47701/2023 de Superior Tribunal de Justicia, 25-09-2023

Fecha25 Septiembre 2023
Número de expedienteD-47701/2023
EmisorTribunal de Familia-Sala III-Vocalía 9
Tipo de documentoSentencias
MateriaHOMOLOGACION JUDICIAL


S.P. de Jujuy, 25 de septiembre de 2.023.
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AUTOS Y VISTOS: Los del expediente D-047701/23, caratulado: “HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO: M., J.I.Y.M., A. M. D. M.” que tramita por ante este Tribunal de Familia, Sala III, V.I..
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RESULTA:

El 7 de septiembre de 2.023 se presentan J. I. M. (DNI Nº …) y A. M. D. M. M. (DNI N° …), ambos con el patrocinio letrado del Dr. S.A.S., solicitando la homologación del convenio de alimentos de su hija S. A. A. M. (DNI N° …), cuyos términos expresan:
“…PRIMERA: Fruto de la relación sentimental, el dia 24 del mes de junio de año 2023 en la ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, se produjo el nacimiento de nuestra hija S. A. A. M., documento nacional de identidad N° …, quien en la actualidad tiene 2 meses de edad.- SEGUNDA: Que, ambas partes de común acuerdo convienen en fijar una Cuota Alimentaria a favor de la menor mencionada, equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) de la totalidad de los haberes y sueldo anual complementario que percibe el señor J. I. M., como dependiente de la P. d. l. P. d. J..- TERCERA: Las partes realizan esta fijación de porcentaje de Cuota Alimentaria teniendo en cuenta que no se afecta el interés superior de la menor toda vez que con dicha cuota se cubren las necesidades básicas de la misma.- CUARTA: Ambas partes solicitan que se libre oficio de estilo a la P. d. l. P. d. J., a los fines de las retenciones y depósitos pertinentes.- QUINTA: Las partes peticionan que se libre oficio al Banco Macro, a efectos de que proceda a abonar las sumas que se depositen en la cuenta judicial que se aperturará y como pertenecientes a estos autos, a la señora A. M. D. M. M., con domicilio en calle … … Barrio Patricios de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, contra la sola presentación del documento nacional de identidad N° ….”-

El 12 de septiembre de 2.023 se libra oficio a la A. C. d. l. P. d. l. P. a fin de que retenga la cuota alimentaria acordada por las partes y se corre vista a la Defensora de Niños, Niñas, Adolescentes, Incapaces y de Personas con capacidad restringida.
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El 21 de septiembre de 2.023 se presenta la Dra.
N.A.J. y dictamina favorablemente a la homologación del acuerdo.-

Cumplidos los trámites de rigor, la causa se encuentra en estado de resolver.
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CONSIDERANDO:

I.- Que las partes son mayores de edad y arribaron un acuerdo sobre alimentos de su hija S. A. A. M. (DNI N° …).
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II.- Que, tratándose de derechos disponibles y no encontrándose afectado el...

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