Sentencia Nº D-37293/2021 de Superior Tribunal de Justicia, 22-06-2023

Fecha22 Junio 2023
Número de expedienteD-37293/2021
EmisorJuzgado de Primera Instancia Nº 9-Secretaría 18
Tipo de documentoSentencias
MateriaJUICIO EJECUTIVO


S.P. de Jujuy, 22 de junio de 2022.
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AUTOS Y VISTOS: Los del presente expediente Nº D-37.293/21 caratulado “EJECUTIVO: D.G.A. c/ VILARIÑO, ROBERTO” de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9- Secretaría Nº 18- del que:



RESULTA: A fs.1/11 se presenta el Dr. D.G.A., en ejercicio de sus propios derechos, a los efectos de ejecutar la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) en concepto de capital con más intereses y costas, en contra del Sr.
R.V. (DNI Nº 8.176.932), exponiendo que la deuda demandada proviene de tres cheques de pago diferido: 1) Serie B 90576879 de fecha 12/03/2020, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), girado contra el Banco Macro S.A.- Sucursal Plaza Empresas, Salta, Pcia de Salta; 2) Serie B 90576880 de fecha 15/03/2020, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), girado contra el Banco Macro S.A.- Sucursal Plaza Empresas, Salta, Pcia de Salta; 3) Serie B 90576881 de fecha 15/03/2020, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), girado contra el Banco Macro S.A.- Sucursal Plaza Empresas, Salta, Pcia de Salta, y que al ser presentados para su cobro por el actor, en su calidad de beneficiario ante la entidad bancaria, son rechazados por falta de fondos suficientes, según surge de los títulos cambiarios reservados en Caja Fuerte de este Juzgado, y cuyas copias rolan a fs.2/4.-

Que, librado el correspondiente mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo, y diligenciado el mismo a fs.27/28, se presenta a fs.21/24 el Dr. H.R.C. en nombre y representación del Sr.
R.V. (DNI Nº 8.176.932), a mérito de copia juramentada de poder general para juicio que rola a fs.21/22, oponiendo excepción de INHABILIDAD DE TÍTULO POR FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA. Argumenta que los cheques ejecutados no pertenecen al accionado, dado que fue librado sobre la cuenta corriente perteneciente a la Clínica San Lorenzo S.R.L.-

Que, corrido traslado de las excepciones planteadas en fecha 29/9/22, la actora no contesta traslado de las mismas.
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Que, en fecha 1/3/23 se llaman autos para dictar sentencia, providencia que se encuentra firme y consentida.
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Y CONSIDERANDO: 1.- Que, en autos el Dr. D.G.A., persigue el cobro de la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), en concepto de honorarios, con más intereses legales en contra del Sr. R.V. (DNI Nº 8.176.932), conforme surge de tres cheques de pago diferido: 1) Serie B 90576879 de fecha 12/03/2020, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), girado contra el Banco Macro S.A.- Sucursal Plaza Empresas, Salta, Pcia de Salta; 2) Serie B 90576880 de fecha 15/03/2020, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), girado contra el Banco Macro S.A.- Sucursal Plaza Empresas, Salta, Pcia de Salta; 3) Serie B 90576881 de fecha 15/03/2020, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), girado contra el Banco Macro...

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