Sentencia Nº D-35120/2020 de Superior Tribunal de Justicia, 14-10-2022

Fecha14 Octubre 2022
Número de expedienteD-35120/2020
EmisorTribunal de Familia-Sala III-Vocalía 9
Tipo de documentoSentencias
MateriaDIVORCIO

S.P. de Jujuy, 14 de octubre de 2022.

VISTOS: Los de estos autos, Expte. NºD-35.120/20, caratulado: “Divorcio: P., M.M.c.., S. M.” que tramita por ante este Tribunal de Familia, Sala III, Vocalía 9.

ANTECEDENTES:

Que, en fecha 17 de diciembre de 2020 comparece M. M. P. DNI… con el patrocinio letrado del Dr. V.D.M., peticionando el divorcio del cónyuge de su mandante, S. M. L. DNI… Señala dentro del capítulo de los hechos que contrajeron matrimonio el día…, en la Localidad de Palma Sola.
Que, de dicha unión no hubo descendencia.
Que, existen causas que hacen moralmente imposible la vida en común con la cónyuge. Por lo expuesto precedentemente, se solicita se decrete el divorcio vincular por voluntad unilateral.
Acompaña propuesta de convenio regulador.
Cita derecho y ofrece pruebas.-
Que, mediante presentación digital de fecha 17 de diciembre de 2020 se adjunta testimonio del acta de matrimonio de M. M. P. y S. M. L., celebrado el día… en Palma Sola, departamento Santa Bárbara, provincia de Jujuy.
Acta Nº…, tomo…, folio… Que, en fecha 01 de febrero de 2022, se imprime a la presente acción el trámite previsto en el art. 437 sgt. y cc. del CCyCN. Que, en fecha 07 de abril de 2021 se presenta S. M. L., DNI… con el patrocinio letrado del Dr. S.O.Z., admite la petición de divorcio e impugna convenio regulador presentado por su cónyuge. Que, en fecha 07 de abril de 2021, se cita a las partes a audiencia dispuesta por el art. 438 del CCyCN. Que, en autos rola el acta de audiencia en la que consta la comparecencia de M. M. P., DNI… con el patrocinio letrado del Dr. V.D.M. y por la otra parte, el Dr. S.O.Z. en representación de S. M. L. Abierto el acto y luego de un intercambio de palabras sin que puedan arribar a un acuerdo respecto de los efectos del divorcio planteadas, solicitan se decrete el mismo sin más trámite, y que las demás cuestiones serán tramitadas por la vía procesal correspondiente. Acto seguido, se corre vista de todo lo actuado al Ministerio Público Fiscal. Que, en fecha 02 de mayo de 2022 se expide el Ministerio Público Fiscal encontrándose la causa en estado de dictar sentencia.

FUNDAMENTOS:

I. Que con el testimonio del acta obrante en autos se acredita la existencia del vínculo matrimonial entre M. M. P. y S. M. L., quienes contrajeron matrimonio el día… en Palma Sola, departamento Santa Bárbara, Pcia. de Jujuy, Acta…, tomo…, folio… Consecuentemente se acredita la legitimación activa del cónyuge para peticionar su divorcio.

II. Que el Art. 437 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina establece que el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges, previendo como única vía el divorcio...

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