Sentencia Nº C-217404/2023 de Superior Tribunal de Justicia, 12-09-2023

Fecha12 Septiembre 2023
Número de expedienteC-217404/2023
EmisorTribunal de Familia-Sala II-Vocalía 4
Tipo de documentoSentencias
MateriaALIMENTOS

San Salvador de Jujuy, 12 de septiembre 2023.

AUTOS Y VISTOS:

Los del Expte. Nº C-217404/2023, caratulado: “ALIMENTOS: A., M. C. y otro C/ R., H. J. y otros”; y

RESULTA:

Que en escrito digital Nº 564017, se presentan la Sra.
M. C. A., D.N.I Nº…, en representación de su hija menor de edad, R. B. N. R., D.N.I Nº…, y el joven A. E. R., D.N.I. N° …, con el patrocinio letrado del Dr. H.C.P., y promueven demanda SUMARISIMA POR ALIMENTOS en contra del progenitor Sr. H. J. R., D.N.I N°…, y de los abuelos paternos, Sres. H. R. R., D.N.I Nº… y N. A., D.N.I Nº….

En el relato de los hechos manifiestan que R. B. N. R. y A. E. R. son hijos del Sr. H. J. R., quien no colabora con su manutención a pesar de que ambos tienen menos de 21 años.

Destacan que ambos descendientes se encuentran cursando estudios, y que además, conviven con su madre, quien es el único sustento económico de ambos a la fecha.


Por ello, solicitan se fije cuota alimentaria provisoria a cargo del progenitor equivalente al cuarenta por ciento (40%) del Salario Mínimo Vital y Móvil y que, en caso de incumplimiento, la misma recaiga sobre los haberes que perciben los abuelos paternos como jubilados de la ANSES.
Ofrece pruebas. Cita derecho. Solicita.

Mediante decreto de fecha 23 de febrero de 2023 se admite la acción, a la cual se le da el trámite previsto en el Art. 398, 401 y concs. del C.P.C., se fija cuota alimentaria provisoria y fecha de audiencia en los términos del art. 396 del C.P.C.

Notificado legalmente el Sr.
H. J. R., en persona, conforme cedula de notificación adjuntada al expediente digital en fecha 12/04/23, en fecha 3 de mayo de 2023, se celebra la audiencia programada en autos, a la cual comparecen los actores y el progenitor, Sr. H. J. R., concediéndosele a este último, un plazo de tres días a los fines de que conteste demanda.

Mediante escrito digital N° 681122, se presenta el Sr.
H. J. R. con el patrocinio letrado de la Dra. S.A.A., y contesta demanda realizando una negativa general y particular de los hechos relatados por los actores, y manifestando que reconoce que R. B. N. R. y A. E. R. son sus hijos , por lo que, manifiesta, se allana parcialmente respecto a la cuota alimentaria solicitando que la misma sea del 20% del Sueldo mínimo vital y móvil, atento a que tiene otro juicio de alimentos que se encuentra radicado en el Tribunal de familia bajo el N° C-209954/22 V., B. G. C/ R., J. H., en el que se encuentra acreditado que su hijo S. padece autismo y problemas intestinales los que requieren cuidado y tratamiento específico.

Asimismo, expresa que actualmente trabaja haciendo changas, por lo que no tiene un trabajo de manera estable.
Cita derecho. Ofrece prueba. P..

Por otro lado, en escrito N° 681286, se presenta la Dra.
S.A.A., solicitando se le conceda personería de urgencia en representación de los Sres. H. R. R. y N. A. Asimismo, solicita que los mismos sean apartados del proceso.

Que mediante escrito N° 870184, los Sres.
H. R. R. y N. A., ratifican las gestiones realizadas por la Dra. S.A.A. en su representación.

Corrido el traslado del art. 301 del C.P.C. el mismo es contestado por la actora en escrito digital Nº 691369, solicitando se rechace el allanamiento parcial por parte del Sr.
H. J. R. y desistiendo del proceso en contra del Sr. H. R. R.

Remitidos los autos a dictamen de la Defensoría de Niños, Niñas, Adolescentes y Personas con Discapacidad Mental, la Dra. M.V. dictamina en sentido favorable a otorgar la cuota alimentaria solicitada a favor de su representada, R. B. N. R., en el equivalente al quince por ciento del salario Mínimo Vital y Móvil, que deberá pagar en tal concepto el progenitor. Asimismo, considera necesario sugerir que se establezca que las partes asumirán el costo del 50% de los alimentos extraordinarios que requiera su representada.

Teniendo en cuenta el estado de autos, se pasan los mismos a despacho para resolver.


CONSIDERANDO:

Análisis del caso:

Expuesta brevemente la cuestión a resolver, teniendo en
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