Sentencia Nº C-198661/2022 de Superior Tribunal de Justicia, 16-09-2022

Fecha16 Septiembre 2022
Número de expedienteC-198661/2022
EmisorTribunal de Familia-Sala I-Vocalía 1
Tipo de documentoSentencias
MateriaADOPCION

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los dieciséis días del mes de septiembre de dos mil veintidós, el Tribunal de Familia, bajo la presidencia de trámite de la Dra. M.L.A., junto a los vocales Dr. J.E.M. y Dra. M.A.R., vieron el expediente C-198.661/2.022 s/Adopción de Integración: “S., S.S.. p/xxx” y,

CONSIDERANDO:

1. Que, en fecha 6 de abril de 2.022 actuando como apoderada de S. S., se presenta la Dra. G.F.J. con el objeto de solicitar se confiera a su mandante la adopción integrativa de la menor xxx. Para ello relata que, el 14 de febrero de 2.011 su mandante inició una relación amorosa con la Sra. M.E.F.E. que en el mes de diciembre de 2.012 la Sra. F. resulta embarazada, desconociéndose quien resultaría ser el padre biológico. Agrega que a pesar de ello decidieron afrontar la situación juntos y formar una familia con el bebé que venía en camino.
Manifiesta que el 18 de septiembre de 2.013 nace la menor xxx en la ciudad de R.S.P., Provincia de Chaco.
Añade que la menor se crio como hija de M. E. F. y S. S., desarrollando su vida en forma normal dentro de un hogar lleno de amor y de afecto. Expresa que transcurriendo el año 2.016 la Sra. M. E. F. enferma padeciendo cáncer pelviánico, y el día 25 de octubre de 2.018 fallece, quedando la niña sólo al cuidado del Sr. S.S.R. que desde el nacimiento de la niña su mandante y M. han establecido un vínculo de “padre e hija”, donde ha primado el amor, el acompañamiento y la comprensión, proporcionando el Sr. S. todos los cuidados parentales que su niña ha requerido.

Hace mención, de expediente C-126.243/2.018 s/Guarda con fines de Adopción “S. S. p/xxx”, en el que luego de los trámites de ley se dictó sentencia otorgando la guarda con fines de adopción. Solicita que luego de cumplido con los recaudos legales pertinentes, se haga lugar a la Adopción de Integración, y se ordene inscribir a la niña bajo el nombre de xxx. Ofrece prueba y peticiona se dicte sentencia declarando la adopción de integración.

En fecha 11 de abril de 2.022 se admite la acción y se confiere participación al Ministerio Público, el que el día 25 de abril de 2.022 se presenta y solicita se de intervención a la asistente social del equipo interdisciplinario del Tribunal de Familia a los fines de la realización de un amplio estudio social. El día 26 de abril de 2.022, se ordena la realización de un amplio estudio social en el domicilio donde reside la niña M. a través de la asistente social del Equipo interdisciplinario del Tribunal de Familia. Obrando en fecha 7 de julio de 2.022, informe psicosocial emitido por la psicóloga A.A.Y. y asistente social M.T.B..
El 8 de agosto de 2.022 obra acta de audiencia celebrada con la niña xxx y la Sra.
Defensora de NNAeI, Dra. C.M..
El 19 de agosto de 2.022, dictamina el Ministerio Publico.

El día 22 de agosto de 2.022, se llama a autos para resolver.

2. Comenzando el análisis de la petición que nos ocupa y luego de analizar las probanzas anejadas en la causa concluyo que se hallan reunidos los extremos...

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