Sentencia Nº C-192572/2021 de Superior Tribunal de Justicia, 01-02-2024

Fecha01 Febrero 2024
Número de expedienteC-192572/2021
EmisorTribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Tipo de documentoSentencias
MateriaSENTENCIA DEFINITIVA


San Salvador de Jujuy, 01 de febrero de 2024.



AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte.
Nº C-192.572/21 caratulado: “Incidente de hecho nuevo: Swiss Medical ART S.A. c/ Z., M.M.-.R., M.M., del que:



RESULTA: Que, a fs.
40/41 el Dr. A.A.Z. por la participación acordada en autos principales por la demandada promueve el presente incidente. Concurre la Dra. M.P.T.A. en nombre y representación de la Sra. M.V.F. (quien lo hace en nombre y representación de su hijo menor M.B.Z.) a mérito de personería en autos principales y con el patrocinio letrado de la Dra. M.G.V. (escrito 639490), estos en el carácter de terceros interesados en tanto en litis contra la promotora del presente incidente en autos principales Expte. Nº C-142115/19, caratulado: “Indemnización por muerte del trabajador: F., M.V. c/ Cazón, J. y otro" y denuncia domicilio de los demandados. Infructuosas las diligencias de notificación de traslado por cédula (inclusive por medio policial), por proveído del 07/09/2023 se dispone traslado por edictos los que puestos a disposición de la incidentista por proveído del 13/09/23 y notificadas las partes no ha sido diligenciado por la actora incidental, aún a pesar de intimación y prevención de apercibimiento al respecto según proveído del 17/10/2023. Por escrito 961403 toma participación la Sra. Defensora de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces. Declarada la cuestión como de puro derecho y llamados autos para sentencia por proveído del 23/11/2023 y rechazo recurso de revocatoria por resolución del 23/11/2023. Firme y consentida esta se dispone el pase de autos a despacho para resolver por proveído del 11/12/2023 proveído que notificado a las partes se encuentra firme y los obrados en estado de decidir.



Y CONSIDERANDO: Que, en los presentes obrados la demandada en autos principales procurando por esta vía se incorpore en la causa principal el hecho nuevo consistente en denunciar y poner en conocimiento el pago de indemnización por muerte realizado a los Sres.
Z., M.M. y su esposa R., M.M.. Expresa el Dr. Z. que su representada intimó a los derechohabientes de M.E.Z. en el domicilio denunciado de Las Camelias Nº 723, B.C. y que solo concurrieron los padres del fallecido quienes acreditaron los requisitos de ley, "… advirtiendo que no existían otro derechohabientes que los manifestados por los Sres. Z.… y R.…, mi mandante procedió al cobro de la indemnización." (fs. 39 vta). Dice que formalizó convenio con los presentados y que transcribe por...

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