Sentencia Nº C-189625/2021 de Superior Tribunal de Justicia, 30-07-2022

Fecha30 Julio 2022
Número de expedienteC-189625/2021
EmisorTribunal de Familia-Sala II-Vocalía 4
Tipo de documentoSentencias
MateriaALIMENTOS

En San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 30 días del mes de junio de dos mil veintidós, reunidas las integrantes de la Sala Segunda del Tribunal de Familia, las Dras. N.A.J., habilitada, B.J.G. y T.L. analizaron el Expte. N° C- 189.625/21, caratulado: “ALIMENTOS: Q.C.c.V.L., tras lo cual,

CONSIDERANDO:
Antecedentes del caso:
I.- En escrito digital Nº 165070 de fecha 01 de noviembre de 2021, se presenta el Dr. M.R.G., en nombre y representación de la Sra.
C. Q., D.N.I. N° …, a mérito de la Carta Poder en escrito digital N° 183090, de fecha 07 de diciembre de 2021, y promueve demanda SUMARISIMA POR ALIMENTOS, a favor de sus hijos I. I. V., D.N.I. N° …, L. L. V., D.N.I N° …, L. L. V., D.N.I. N° …, V. E. V., D.N.I. N° …, A. J. V., D.N.I. N° …, S. S. V., D.N.I. N° …, M. V. V., D.N.I. N° …, P. P. V., D.N.I. N° … y M. M. V., D.N.I. N° …, en contra del Sr. L. V., D.N.I. N° …
En el relato de los hechos la actora manifiesta que mantuvo una relación de pareja con el demandado, que fruto de dicha unión, nacieron sus hijos, I. I. V., L. L. V., L. L. V., V. E. V., A. J. V., S. S.V., M. V. V., P. P. V. y M. M. V., conforme acredita con Partidas de Nacimiento que adjunta en el escrito referido.
Refiere que el demandado nunca aportó nada al hogar, ya que trabaja en el Sur, que se ausentaba por largos períodos y cuando regresaba a la provincia nunca se quedaba en la casa familiar. Así transcurrieron los años en la misma situación, además de otras tantas circunstancias que tornaron imposible la vida común, motivando de esta manera el cese definitivo de la pareja.- Señala que en este contexto fue la progenitora quien quedo al cargo de los menores, de modo que es la actora quien asume de manera exclusiva el cuidado y sostén tanto económico como afectivo de los hijos, ya que el padre se ha desentendido de sus obligaciones que como progenitor le corresponden y ha ignorado en reiteradas oportunidades sus pedidos verbales y extrajudiciales de alimentos que le he formulado, indispensables para el sostenimiento de nuestros hijos.- Por lo expuesto solicita se fije una cuota alimentaria a favor de los menores, por un porcentaje de los haberes que percibe el accionado como empleado dependiente de la Empresa MINERA SANTA CRUZ S.A. Ofrece pruebas. Cita derecho. Solicita.-
Mediante providencia de fecha 03 de noviembre de 2021, se admite la acción, a la cual se le da el trámite previsto en el Art. 395, 396 y ss.
del C.P.C, se fija Cuota Alimentaria Provisoria por el cincuenta por ciento (50%), de los haberes que percibe el demandado como empleado dependiente de la Empresa Minera Santa Cruz S.A., y se procede a la apertura de la cuenta judicial, como perteneciente a los presentes obrados.-
Notificado legalmente el Sr.
L. V., en escrito digital N° 183090 de fecha 07 de diciembre de 2021, se celebra la audiencia programada en autos, en fecha 09 de diciembre de 2021, de cuya acta surge que se presentan los Dres. A.M.L. y M.E.A., ambos sumiendo personería de...

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