Sentencia Nº C-154727/2020 de Superior Tribunal de Justicia, 14-06-2023

Fecha14 Junio 2023
Número de expedienteC-154727/2020
EmisorTribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3
Tipo de documentoSentencias
MateriaSANCIONES DISCIPLINARIAS (PROCESAL),DESIGNACION DE PERITO


San Salvador de Jujuy, 14 de Junio de 2023.



VISTO:

Este Expediente Nº C-154727/20 caratulado:
“Enfermedad/accidente de trabajo: ONTIVERO, MIGUEL HILARIO c/ PROVINCIA ART. S.A.”, y;



CONSIDERANDO:

Que en los presentes obrados mediante providencia de fecha 26 de agosto del año 2.021 (fs.
152) se designó como perito técnico en Higiene y Seguridad del Trabajo al Sr. J.M.G., quién se recibió debidamente del cargo con que fuera impuesto, ello conforme constancias de fs. 152 vta. Con fecha 10 de septiembre del año 2.021 y mediante transferencia bancaria se le abonó la suma de Pesos dos mil ($ 2.000.-) en concepto de adelanto de gastos.

En fechas 16/12/2022 y 02/05/2023, no obstante hallarse vencidos los plazos otorgados, Presidencia de Trámite dispone intimarlo a dar cumplimiento con la presentación del informe pericial encomendado en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de remoción.
Siendo que al día de la fecha no ha dado cumplimiento con la tarea delegada, ni dio razones que justifiquen su incumplimiento, habiendo provocado demoras innecesarias en la tramitación del proceso, corresponde sin más trámite hacer efectivo el apercibimiento con que fuera emplazado.

Por ello y de acuerdo a lo que autoriza el Art. 82 del C.P.T., corresponde removerlo del cargo para el que fuera designado y en concordancia a lo prescripto por el art. 204 de la ley 4055 y Acordada Nº 04/85, suspenderlo de la lista de peritos por el término de SEIS (6) MESES, y asimismo intimarlo a reintegrar la suma percibida por adelanto de gastos.


Por lo expuesto, la Sala I del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy;



RESUELVE:

I.- Dejar sin efecto la designación del perito técnico en Higiene y Seguridad del Trabajo al Sr.
J.M.G. en la presente causa y suspenderlo por el término de SEIS (6) MESES de la lista de peritos del Poder Judicial, conforme lo expresado en el considerando.

II.- Intimarlo para que en el término de CINCO (5) DIAS reintegre la suma de Pesos dos mil ($ 2.000) abonada en concepto de adelanto de gastos de pericia, bajo...

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