Sentencia Nº B-249184/2011 de Superior Tribunal de Justicia, 04-04-2023

Fecha04 Abril 2023
Número de expedienteB-249184/2011
EmisorJuzgado de Primera Instancia Nº 1-Secretaría 2
Tipo de documentoSentencias
MateriaACCION REVOCATORIA CONCURSAL


SAN SALVADOR DE JUJUY, ABRIL 4 DE 2023



AUTOS Y VISTOS: Los de este Expediente Nº 249184 caratulado
“ACCIÓN REVOCATORIA CONCURSAL EN B – 127787/04 CANCHI MANUEL ELIAS C/ LAS CAÑADAS S.R.L; R.E.C. Y OTROS”

CONSIDERANDO:

Que a fs.
286 el Dr. F.J.Y. solicita la regulación de sus honorarios profesionales en estos obrados, tomado como base el valor de los inmuebles cuya transferencia se pretendió revocar.-

A fs. 287 obra Providencia por la cual se hace saber al Letrado que deberá arrimar pautas para la regulación de honorarios profesionales, la que se encuentra firme según cedula obrante a fs. 288 de autos. Sin que existiera por parte del mencionado Letrado, acción alguna tendiente a dar cumplimiento con lo requerido.

Por su parte el Dr. DANIEL R. GUALCHI, a fs.
328, solicita – también - regulación de su honorarios, a fs. 330, obra providencia, por la cual se hacer saber al Letrado peticionante que deberá arrimar pautas, a los fines de la regulación de honorarios solicitada.-

El mencionado letrado nunca da cumplimiento a lo intimado en el párrafo precedente.
-

Por su parte la Dra.
C.V.P., mediante escrito digital Nº 477852, solicita la regulación de sus honorarios profesionales, como patrocinante del Síndico, Actor en autos, sin aportar pautas – tampoco- para la Regulación que solicita.-

En este contexto corresponde, atento al trámite que se le dio a las presentes actuaciones (Véase Apartado “2” fs.
33 de actuaciones) en que se las admite como Juicio Ordinario Escrito, corresponde en virtud de la Entrada en vigencia de la ley 6112/18, aplicar los honorarios mínimos establecidos por el art. 26 de dicho cuerpo normativo, consecuentemente regular los honorarios Profesionales del Dr. F.J.Y. en 20 UMA, esto es la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIEZ CON CUARENTA CENTAVOS ($ 96.410,40).-

En cuanto a los honorarios del Dr. DANIEL R. GUALCHI, por los mismos argumentos vertidos en el párrafo precedente, corresponde regular los honorarios profesionales del mismo en 20 UMA, esto es la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIEZ CON CUARENTA CENTAVOS ($ 96.410,40).
-

En cuanto a los honorarios de la Dra.
C.V.P., por aplicación del art. 29 de la 6112/18, estimo ajustado a derecho regularlos en la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 67.487,28).-

Por todo ello el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Y Comercial Nº 1

RESUELVE:

1.
- Regular los honorarios Profesionales del Dr. F.J.Y....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR