Sentencia Nº 94220 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2020

Fecha03 Marzo 2020
Número de sentencia94220
Año2020
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Sentencia número Treinta y seis /Dos mil veinte.-
En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 03 días del mes de marzo del año dos mil veinte, se constituye el Juez de Control, N.D.R., a efecto de dictar sentencia en el expediente Nº 94.220 caratulado "S., R.D. y otro s/ Robo calificado"; seguido contra R.D.S., D.N.I.: 29.631.825, nacido el 25 de julio de 1982 en San Miguel, Provincia de Buenos Aires, hijo de A.S. y G.S., del que;
Resulta: Que en el mencionado expediente obra acuerdo de Juicio Abreviado, suscripto por el fiscal Dr. A.E.T., el imputado R.D.S. y su abogado defensor Dr. J.J.H.. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, el fiscal solicitó que se le imponga a S. la pena de un año y tres meses de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente (artículo 50 del código penal), sin costas (artículos 369 y 445, del código procesal pena; y, 40 y 41 del código penal), como autor del delito de Encubrimiento por receptación dolosa (artículo 277, inciso 1°, apartado “C”, del código penal). Consta en el mencionado instrumento la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por parte del imputado S. como de su abogado defensor Dr. J.J.H.. A su vez, obra acta efectuada en oportunidad de realizarse la audiencia de conocimiento de visu, en la que el imputado reconoció su responsabilidad por el hecho por el que se lo acusó, y;
Considerando: Que en el desarrollo de la investigación fiscal preparatoria se incorporaron los siguientes elementos probatorios, que fueron ofrecidos por las partes para ser valorados como pruebas, al momento de fundar la sentencia: A) Acta de denuncia radicada por A.C.; B) Croquis demostrativo del lugar del hecho; C) Parte de novedades cursado por el Oficial Sub-Inspector S.B.; D) Parte de novedades cursado por Oficial Principal J.A.F.; E) Acta de secuestro de la bicicleta denunciada; F) Acta de reconocimiento de parte del damnificado; G) Acta de entrega en carácter de depositario judicial; H) Informe del Registro Nacional de Reincidencia respecto de R.D.S..
A partir del análisis de los elementos probatorios colectados durante la investigación fiscal preparatoria, especialmente con el secuestro en su poder de la bicicleta y la mochila sustraídas, y también con el expreso reconocimiento que ha efectuado el imputado -conforme constancia del acuerdo de juicio abreviado- entiendo que el hecho está debidamente...

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