Sentecia definitiva Nº 91 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 19-09-2018

Número de sentencia91
Fecha19 Septiembre 2018
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 19 de septiembre de 2018.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "SOCIEDAD ANÓNIMA, IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA “LA ANÓNIMA” S/ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD (Art. 5 y 6 de la Ley Municipal 932-16 y Resolución Municipal N°4377-16 CATRIEL R.N.)" (Expte. Nº 28903/16-STJ-), puestas a Despacho para resolver, y:
CONSIDERANDO
La señora Jueza doctora A.C.Z. dijo:
ANTECEDENTES DE LA CAUSA
A fs. 147/172 el apoderado de la “Sociedad Anónima, Importadora y Exportadora de la Patagonia” (“La Anónima”), Sr. R.P.F., con el patrocinio letrado del Dr. P.J.G. y los Sres. A.C., V.D.B., N.S., S.H., C.C., S.P., V.A., L.G., J.P., M.B., A.G., J.M., S.F., J.C.G., B.R., J.L., R.B., M.M., A.P., G.T., A.C., N.I., J.V., C.O., P.N., C.V., C.D., V.G.Q., V.M., S.R., R.C., J.M., C.B., S.F., A.D., R.M., F.A., J.V., H.M., F.A. y F.R., todos con el patrocinio letrado del Dr. M.G.L., interponen demanda originaria de inconstitucionalidad conforme lo dispuesto en los artículos 207 inc. 1º de la Constitución Provincial y 793 y ss. del CPCC, contra los artículos 5 y 6 de la ley municipal 932/16 sancionada por la Legislatura Municipal de C. el día 6 de octubre de 2016 y la resolución municipal 4377-16 del día 20 de octubre de 2016 que promulga aquélla.
Destacan que las normas impugnadas resultan ilegítimas y arbitrarias ya que lesionan derechos amparados en los artículos 14, 15, 29, 30, 40 inc. 1 y ccdtes. de la Constitución Provincial y 14, 14 bis, 16 y 42 de la Constitución Nacional.
Agregan que la normativa cuya constitucionalidad se impugna dispone en sus artículos 5 y 6 la prohibición a los establecimientos comerciales de más de 40 metros cuadrados de superficie abrir sus puertas al público los días 25 de mayo, 19 de junio, 20 de junio, 9 de julio y todos los días domingo a partir de su entrada en vigencia el día 20 de octubre de 2016.
A fs. 346/348 se presentan en forma conjunta los accionantes con el Sr. Intendente del Municipio de la ciudad de C., Sr. C.A.J., todos con patrocinio letrado e informan que el día 5 de diciembre de 2017 “La Anónima” y la Municipalidad de C. firmaron un acta compromiso mediante la cual los signatarios convinieron poner fin al presente litigio.
Precisan que el Municipio se comprometió a derogar las normas objeto del presente pleito en tanto que “La Anónima” y los restantes actores acordaron abstenerse de iniciar reclamos contra la demandada por daños.
Destacan que el día 15 de marzo de 2018 la Legislatura Municipal de la ciudad de...

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