Sentecia definitiva Nº 89 de Secretaría Penal STJ N2, 05-06-2018

Fecha05 Junio 2018
Número de sentencia89
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 5 de junio de 2018.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “BRUCE, Jonatan Jesús s/ Homicidio s/Juicio s/Casación” (Expte.Nº 29265/17 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 94/116, concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Sentencia Nº 311, del 7 de noviembre de 2017, este Superior Tribunal de Justicia declaró mal concedido el recurso de casación de la Defensa y, consecuentemente, confirmó en todas sus partes la Sentencia Nº 17/17 de la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma, que había condenado a Jonathan Jesús Bruce a la pena de veintidós años de prisión, como autor penalmente responsable del delito de homicidio (art. 79 C.P.), accesorias legales y costas.
Contra lo decidido, el señor Defensor Penal doctor Pedro Javier Vega interpone recurso extraordinario federal (fs. 94/116), que la señora Defensora General sostiene a fs. 1018/1021 y el señor Fiscal General contesta a fs. 1025/1029, no así la querellante particular, no obstante haberle sido corrido el debido traslado.
2. Que el doctor Vega da cuenta de los requisitos de admisibilidad del recurso, reseña los antecedentes de la causa y, a continuación, señala que en su recurso de casación se agravió por la arbitraria y errónea valoración de la prueba y la violación del principio de humanidad de las penas.
Luego critica el tratamiento dado por este Tribunal a tales planteos, en primer lugar, pues ha incurrido en errores de razonamiento que llevaron a conclusiones equivocadas. Alude así a la valoración de la prueba indiciaria y, en particular, a lo establecido respecto de la utilización del celular con número de abonado 2934466617 y del hallazgo del ADN de Bruce en un guante hallado en la escena, con cita de precedentes de este Cuerpo que, a su criterio, no se han respetado.
También aduce que la pena de prisión impuesta aparece como absolutamente excesiva, dado que no hay equilibrio entre hecho y sanción, teniendo en cuenta la edad, la condición social y la falta de antecedentes de su pupilo. Objeta las respuestas a tal cuestión, puesto que
/// el Tribunal de Casación no habría tratado siquiera mínimamente su agravio, sino que se remitió a lo establecido en el fallo del a quo.
De lo anterior concluye que se ha violentado el derecho constitucional de Bruce a que su sentencia sea revisada por un tribunal superior, invocando jurisprudencia que entiende favorable a su postura, e insiste en la falta de análisis fundado de su recurso local.
Por lo expuesto, solicita que se conceda el remedio intentado y oportunamente se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR