Sentencia Nº 85749 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2020

Fecha05 Mayo 2020
Número de sentencia85749
Año2020
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NÚMERO OCHENTA Y UNO / DOS MIL VEINTE

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los 5 días del mes de mayo del año dos mil veinte, se constituye el Sr. Juez de Control Dr. C.M.C., a efectos de dictar Sentencia en el Expediente nº 85.749, caratulado: "MPF C/ .....S/ LESIONES LEVES, AMENAZAS SIMPLES”, y su acumulado Expediente nº 89.185, caratulado: ".... S/ AMENAZAS Y LESIONES LEVES", seguido con relación a ....; y

RESULTANDO:

Que mediante acuerdo rubricado por las partes, el Sr. Fiscal Dr. C.C., el imputado y el Sr. Defensor Oficial Dr. P. De Biasi, propusieron juicio abreviado, en el cual el Ministerio Público Fiscal calificó el accionar de ...., como constitutivo de los delitos de Amenazas Simples y Lesiones Leves Calificadas -dos hechos independientes-, y Daño todos ellos en concurso real, en calidad de autor (arts. 149 bis, primer párrafo, primer supuesto; 183; 89 en relación con 92 y 80 inc.1º, 55 y 45, todos del Código Penal, valorados en el marco de la Ley n° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres).

Que en cuanto a la pena, en consideración a la naturaleza de los hechos, las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión, las condiciones personales del imputado, sus antecedentes, solicitaron se condene a ...., como autor de los delitos mencionados a la pena de Un año de prisión de ejecución condicional, y Dos años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el art. 27 bis incs. 1º, y del C.P.

Que surge de la audiencia de visu realizada, la conformidad prestada a la solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal, tanto por el imputado, como por su defensor; reconociendo .... la existencia de los hechos por los cuales se lo enjuicia, como su autoría, aceptando la pena acordada.

Asimismo, la víctima Sra. .... prestó su conformidad con relación al acuerdo ante el Ministerio Público Fiscal; no concurriendo a la audiencia fijada por el Juzgado no obstante encontrarse notificada.

CONSIDERANDO:

Que en el desarrollo de la investigación fiscal preparatoria nº 85.749, se han reunido las siguientes evidencias: Parte de Novedades del Cabo C.D.M.; Acta de denuncia de ....; Certificado médico suscripto por la Dra. A.B. de fecha 23/04/2019; Informe de Sanidad Policial de fecha 23/04/2019; Ampliación de denuncia de .... de fecha 23/04/2019; Capturas Fotográfica de llamada entrante del número....; Parte de Novedades del Oficial Inspector de Policía M.J.A. de fecha 23/04/2019; Acta de Secuestro de (1) celular Marca Alcatel One Touch; Informe respecto a testigos suscripto por la Oficial Sub I.P.T.; Informe del médico forense Dr. J.M.S. respecto a las lesiones de...

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