Sentencia Nº 808 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Año2017
Número de sentencia808
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO N° 808 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL. Juez Unipersonal: Dr. C.F.P..

General Pico, Septiembre 18 de 2.017.

Legajo N° 214

Caratulado: “Ministerio Público F. c/ D.L, G.I s/Abuso sexual simple agravado”.

Visto y Considerando:

I) Que el día 11 de septiembre del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo contra G.I.D. paraguayo, Cédula N° 3.373.XXX, nacido el 29 de marzo de 1.974 en Horqueta, República de Paraguay y con último domicilio en XXX, provincia de La Pampa, hijo de E. y de B.B.R.

Intervino en representación del Ministerio Público F. el Dr. L.R. y la Dra. E.O., asistieron en la defensa al imputado, los defensores particular, D.. M. y G.N..

II) Que el proceso se inicia en virtud de resultar acusado de abusar sexualmente, mediante tocamientos de la menor A.A.M., hija de quien fuera pareja del imputado, C.R.M.. Al menos en tres oportunidades, ingresando al dormitorio de la menor, le producía tocamientos y en una oportunidad le pasó su órgano sexual por la boca de la menor. Por temor a represalias, la víctima no le contaba a su madre lo que ocurría.

III) En el alegato de apertura el Sr. F. afirmó que acreditará que el imputado fue el autor de los ilícitos que se investigaron. Valiéndose de la prueba ofrecida oportunamente para acreditar su culpabilidad. Calificando los hechos como abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años, previsto y penado por el art. 119 último párrafo en relación con el 1° párrafo y el apartado "f" del 4° párrafo, del C..

Por su parte, la defensa técnica del imputado, dijo que acreditará la inocencia de su defendido en los hechos imputados.

El imputado no brindó su declaración.

IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron las declaraciones testimoniales de:

a) C.R.M., madre de la damnificada y denunciante. Una vez reconocida su firma en la denuncia de marzo de 2011, manifestó que esa tarde noche fueron a la casa de la abuela (ex suegra) de A. -8 años de edad en ese entonces- y se enteró que un vecino de aquella, el “pulga”, había tratado de abusar de la niñera que él tenía. Que como A. jugaba con dicha niña (dos o tres veces por semana concurría a la casa de la abuela, y de ahí iba a la casa de este sujeto), y al verla rara en el trayecto de vuelta a su casa (donde iban ella, A. , D. y sus otros hijos), le preguntó si jugando con la nena del “pulga” había pasado algo, a lo que la menor no le contestó y bajó la mirada. Que una vez llegados a su casa, le pidió monedas al imputado para comprar cigarrillos a la vuelta, acompañándola A.Q. cuando salieron del kiosco le preguntó a la menor si alguna vez esta persona, el “pulga”, le había hecho algo a lo que le contestó que no. Que al preguntarle si otra persona le hizo algo similar, le bajó la mirada, tuvo miedo y comenzó a llorar. Que al insistir con la pregunta (porque le agachaba la mirada) le dijo que sí, G. , pero que no dijera nada porque tenía mucho miedo de que el imputado la golpeara a ella (su madre).

Que cuando llegó a su casa le preguntó a D. si había hecho algo con la nena y éste primeramente le dijo que no, para luego contestarle que si había tocado la cola de la nena, fue algún día que había tomado y quizás cuando fue a taparla, le rozó la cola. Posteriormente le pidió disculpas y le dijo que no se acordaba.

Que al otro día, el imputado se levantó a trabajar a las 7 de la mañana, y ella no dijo ni hizo nada por temor a que la golpeara. Que mientras estaba bañando a la...

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