Sentencia Nº 783 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia783
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSPRIPCION JUDICIAL

FALLO N º 783

Agosto, 11 de 2.016

Legajo: 36916

“Ministerio Público F. c/ D.L., R.A. s/ Amenazas calificadas y portación de arma de fuego”, y

VISTO Y CONSIDERANDO:

I) Que el día 4 de agosto del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo N° 36916 contra: R.A.D.L., DNI: 12.877.871, paraguayo, nacido el 19 de J. de 1.955, en Asunción, Paraguay y domiciliado en calle 27 n°1108 de la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, comerciante, hijo de R.D.T. y de I.L..

Intervino en representación del Ministerio Público F. el Dr. D.C. y asistió en la defensa al imputado la Defensora General Dra. M.J.G..

II) Que el proceso se inicia el día 23 de J. del corriente año en la localidad de Quemú Quemú, a las 12:50 hs. aproximadamente, en oportunidad que el imputado se presentó en el domicilio de su vecina S.C., pidiendo que bajaran la música, portando un arma de fuego, tipo revólver, color plateado, que esgrimía al tiempo que decía “si no bajas la música, vas a saber lo que es esto”, cerrando la puerta la damnificada, escuchando una detonación. Posteriormente llaman a la puerta trasera de su domicilio y era nuevamente D., con revólver en mano, le apuntó y luego efectuó un disparo al piso.

III) En el alegato de apertura el F. afirmó que acreditará que el imputado es el autor de los ilícitos que se investigan. Valiéndose de la prueba ofrecida oportunamente para acreditar su culpabilidad.

Por su parte, la defensa técnica del imputado, dijo que acreditará la inocencia de su defendido en los hechos imputados.

El imputado brindó su declaración. Reconoció los hechos por los que se lo acusa, aduciendo estar arrepentido por su accionar. Recordó que desde hacía un año y medio atrás se instaló en la casa lindante, pared de por medio, a la ciudadana S.C., con quien tuvo varios inconvenientes a causa de la música alta, por lo que en distintas oportunidades tuvo que llamar a la policía para que la bajara. Expresó que el día de los hechos desde horas muy tempranas tuvo que soportar la música a gran volumen, y como sufrió seis paros cardíacos, de los cuales se está reponiendo, primeramente en horas de la tarde le golpeó la puerta para que bajara el volumen y decidió tomar unas pastillas para tranquilizarse, pero que siendo alrededor de las 01.00 horas de la madrugada, como su vecina no deponía su actitud, atormentado por la situación, salió de su casa portando un arma con la intención de asustarla, y no de lastimarla, le golpeó la puerta de su vivienda, siendo atendido por la damnificada, quién le dijo que como era su casa, hacía lo que quería, invitándolo a irse, por lo que el dicente se fue, dando la vuelta por atrás, circunstancia donde estando todo oscuro, se tropezó y martilló el arma, la cual estando ya en su patio, al querer bajarle el percutor, se le escapó un tiro.

Luego de ello ingresó a su morada, arribando a escasos minutos la policía, quién lo llevó detenido. Finalmente, reconoció las tomas fotográficas y el arma secuestrada, reconociendo que poseía vencida la autorización para su tenencia.

IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron las declaraciones testimoniales de:

a) A.S.C., damnificada, reconoció su firma en la denuncia. Manifestó que la noche de los hechos, estando en su domicilio sito en calle Balcarce 156, de la localidad de Quemú Quemú, siendo alrededor de las 00.00 horas de la noche, en circunstancias donde se encontraba escuchando música junto a sus dos hijos, el imputado, le golpeó la puerta, la apuntó con un arma de fuego, que reconoció en la audiencia, momentos donde le exigió que bajara la música, y esgrimiéndole la misma le dijo “¿vos sabes lo que es eso?” , por lo que la dicente decidió cerrarle la puerta en la cara, para seguidamente escuchar un tiro.

Posteriormente el encartado se fue por detrás de la vivienda, y le golpeó la puerta de la habitación, donde al abrirle nuevamente, observó que el mismo seguía apuntándola, exigiéndole que bajara la música, momentos donde le expresó que ya había llamado a la policía y el mismo efectuó un disparo hacia el lado de la puerta, a un metro de distancia de su humanidad.

Conjeturó que su vecino quiso asustarla, que dicho día se lo veía muy tomado, y que si bien no le tiene miedo, de todos modos radicó la denuncia para que a sus hijos no les pase nada. Con anterioridad han tenido problemas por el mismo...

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