Sentencia Nº 775 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 16-10-2020

Número de sentencia775
Fecha16 Octubre 2020
MateriaSINDICATURA DE LA QUIEBRA DE T.A. LA ESTRELLA S.R.L. Vs. DERUDDER HNOS. S.R.L. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

JUICIO: “SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE T.A. LA ESTRELLA S.R.L. VS. DERUDDER HNOS. S.R.L. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”. ACTUACIONES N°: 1817/12 *H104554497439* H104554497439 Sentencia nº 775 C A S A C I Ó N Provincia de Tucumán, reunidos los señores Vocales de la Excma. Corte Suprema de Justicia, de la Sala en lo Civil y Penal, integrada por la señora Vocal doctora Claudia Beatríz Sbdar, los señores Vocales doctores Daniel Oscar Posse y Daniel Leiva, bajo la Presidencia de su titular doctora Claudia Beatriz Sbdar, para considerar y decidir sobre el recurso de casación interpuesto por la parte actora en autos: “Sindicatura de la quiebra de T.A. La Estrella S.R.L. vs. Derudder HNOS. S.R.L. s/ Daños y perjuicios”. Establecido el orden de votación de la siguiente manera: doctores Daniel Leiva y Daniel Oscar Posse y doctora Claudia Beatríz Sbdar, se procedió a la misma con el siguiente resultado: El señor Vocal doctor Daniel Leiva, dijo:

I.- Viene a conocimiento y resolución de esta Corte Suprema de Justicia, el recurso de casación interpuesto por la parte actora (fs. 1217/1226), contra la sentencia de fecha 04/06/2019, dictada por la Sala III, de la Excma. Cámara de Documentos y Locaciones, del Centro Judicial Capital (fs. 1205/1210).

II.- El recurso resulta inadmisible, al no cumplir con las formalidades exigidas por la Acordada n° 1498/18, dictada por esta Corte en fecha 17/12/2018, que reglamenta la extensión que debe cumplir el escrito de presentación del recurso de casación, la que rige para aquellos que se interpongan a partir del 01/04/2019 (cf. Acordada n° 126/19 -B.O. de fecha 12/03/2019-). En efecto, el recurso en estudio -interpuesto el 18/06/2019- supera la cantidad máxima de renglones permitida por la citada normativa (cf. acápite I°, Acordada n° 1498/18), al contener, a fs. 1218 vta. (p. 4), una extensión mayor de 26 renglones. Lo advertido, conforme ha sido resuelto reiteradamente por las dos Salas de esta Corte, sella la inadmisibilidad del recurso de casación, de acuerdo con lo dispuesto en el acápite III°, de la Acordada n° 1498/18 (CSJT, 16/03/2020, “Arroyo Juan Hipólito s/ Prescripción adquisitiva”, -Sentencia nº 200; íd., 11/03/2020, “Ávila Aldo Reinaldo y Lobo Graciela Guillermina c/ López Daniel Ernesto y Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán s/ Daños y perjuicios”, -Sentencia nº 167-; íd., 02/03/2020, “Díaz Eduardo Ramón c/ Castro Norma y otro s/ Desalojo”, -Sentencia nº 138-; ìd., 26/02/2020, “Sisini Alberto Julio vs. Moreno Laura s/ Desalojo”, -Sentencia nº 96-; íd., 26/02/2020, “Escobar Edmundo E. y otros s/ Sucesión”, -Sentencia nº 106-; id., 19/02/2020, “Miramonte de Aragón, María E. c/ Aragón, Roque R. s/ Pensión Alimentaria”, -Sentencia nº 81-; íd., 20/12/2019, “Consorcio de Propietarios de Lomalinda Country Club SC c/ Civallero, Natalia s/ Cobro de pesos”, -Sentencia nº 2476-; íd., 20/12/2019, “Laborde, Juan J. c/ Romano, Ángel M. s/ Cumplimiento de contrato”, -Sentencia nº 2495-; íd., 20/12/2019, “Escobar, Lilia I. c/ Caja de Seguros S.A. s/ Contratos”, -Sentencia nº 2469-; íd., 13/12/2019, “Farías, Cristian Y. c/ Rocchia Ferro, Jorge s/ Daños y perjuicios”, -Sentencia nº 2379-; íd., 22/11/2019, “González Miriam Natalia c/ Villafañe Juan alberto y otros s/ Daños y perjuicios”, -Sentencia nº 2274-; íd., 22/11/2019, “Municipalidad de Tafí del Valle c/ Galindo Chenaut de Danielsen, María Eugenia s/ Expropiación”, -Sentencia n° 2261-; íd., 22/11/2019, “Giménez, Luís R. y otra c/ Encendido del Norte SRL y otros s/ Cobro Ejecutivo”, -Sentencia n° 2249-; íd., 21/11/2019, “Albornoz, Enrique M. c/ Banco del Tucumán

S.A. -Grupo Macro- s/ Amparo”, -Sentencia n° 2187; íd., 04/11/2019, “Lazarte, Rodolfo O. c/ García, Enrique G. s/ Prescripción Adquisitiva”, -Sentencia n° 2028-; íd., 04/11/2019, “Ortíz, Francisco A. c/ Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán s/ Especiales”, -Sentencia nº 2036-; íd., 01/11/2019, “Páez, José I. c/ Establecimiento San Gabriel SRL s/ Cobro de pesos”, -Sentencia nº 2015-; íd., 01/11/2019, “Argañaráz, Daniel L. c/ Tarjeta Titanio S.A. s/ Diferencias de indemnización”, -Sentencia nº 2023-; íd., 29/10/2019, “González Humberto c/ Federación Patronal Seguro ART S.A. s/ Cobro de pesos”, -Sentencia nº 1963-; íd., 29/10/2019, “Echeverría, Julio C. c/ Jumbo Retail Argentina S.A. s/ Reajuste y Cobro”, -Sentencia nº 1974-), no evidenciando, en la especie, que la cuestión debatida involucre un serio riesgo para la vigencia de garantías constitucionales y convencionales. Lo expuesto, torna inoficioso ingresar en el tratamiento de los restantes recaudos de admisibilidad del presente recurso.

III.- Por su parte, se advierte que el escrito de contestación del recurso de casación incoado por la actora, presentado por la parte demandada (fs. 1234/1238) no cumple con los lineamientos dispuestos por la Acordada nº 1498/18, al contener, a fs. 1237 vta. (p. 8), una extensión mayor de 26 renglones. En su mérito, conforme fuera resuelto por esta Corte, corresponde tener por incontestado el traslado conferido a la accionada a fs. 1231 (CSJT, 16/06/2020, “Transporte Dapello S.A c/ Yanima Berries S.A s/ Ejecución Hipotecaria”, -Sentencia nº 356-).

IV.- Las costas se imponen a la parte recurrente, siguiendo el criterio objetivo de la derrota (art. 105 CPCCT). El señor Vocal doctor Daniel Oscar Posse, dijo: Estando de acuerdo con los fundamentos dados por el señor Vocal preopinante doctor Daniel Leiva, vota en idéntico sentido. La señora Vocal doctora Claudia Beatriz Sbdar, dijo:

1.- Viene a conocimiento y resolución de esta Corte, el recurso de casación deducido por la parte actora (fs. 1217/1226) contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Civil en Documentos y Locaciones de fecha 04/6/2019 (fs. 1205/1210). Corrido traslado del recurso y contestado el mismo (fs. 1234/1238)...

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