Sentencia Nº 7253 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2022

Número de sentencia7253
Fecha11 Enero 2021
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
EstatusPublicado

FALLO N° 1448 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL. Juez Unipersonal: Dr. C.F.P.

General Pico, Noviembre 8 de 2022.

Legajo N° 7253

Caratulado: “Ministerio Público Fiscal c/SOSA, E.M. s/ Lesiones graves”

VISTO Y CONSIDERANDO:

I) Que el día 25 de octubre del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Cuarta Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo N° 7253, contra E.M.S., DNI N° 34.562.220, argentino, nacido el 4 de mayo de 1.990 en Luan Toro, provincia de La Pampa y domiciliado en calle M.N.° 290 de la misma localidad, instrucción primaria, soltero, alambrador, hijo de M.Á. y de R.E.B..

Intervino en representación del Ministerio Público Fiscal, el Dr. J.C., asistió en la defensa al imputado la defensora particular Dra. M.S.T..

II) Que el proceso se inicia en virtud resultar acusado el imputado de: “El día 11 de diciembre de 2021, antes de las 04:00 hs. aproximadamente, en calle Malvinas Argentinas entre Avenida España Madre Nuestra y Calle Córdoba de la localidad de Luan Toro; haber agredido a H.O.V.; provocándole edema en parpado, herida en cuero cabelludo, fractura de dos costillas y fisura en otra, lado izquierdo; y fractura de tabique nasal, según diagnosticó el Dr. Rosado Garrido."

III) En el alegato de apertura el fiscal afirmó que acreditará que el imputado es el autor del ilícito que se investiga. Valiéndose de la prueba ofrecida oportunamente para acreditar su culpabilidad. Calificando los hechos como Lesiones Graves, conforme el art. 90 del Código Penal.

Por su parte, la defensa técnica del imputado, dijo que acreditará la inocencia de su defendido en el hecho imputado.

El imputado brindó su declaración. Expresó que está en pareja con la ex señora del damnificado, era el baile de egresados de J., hijo de la señora y que V. estaba alcoholizado y molestaba a todo el mundo, que le pegó al cuñado, D.P. y pidieron que lo sacaran afuera pero no lo hizo. Luego V. discutió e insultó a su pareja y al propio hijo. Que estando afuera seguía haciendo lío.

Que cuando se retiró lo hizo acompañado de su hermano, que a media cuadra del lugar ingresaron a orinar y cuando salían el denunciante venía de atrás, lo insultó y le tiró una patada, por lo que se dio vuelta y le pegó una piña, luego se retiró del lugar.

IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron las declaraciones testimoniales de:

a) H.O.C.V., damnificado y denunciante.

b) Á.P.L., Agente de Policía de la comisaría de V.

c) A.E.P., Oficial Inspector de la comisaría de V.

d) T.T., C.I. de la División Análisis de las Telecomunicaciones (DAT). Vía zoom.

e) M.Á.A., testigo de apertura de celular.

f) M.D. TORRES EMILIO.

g) A.F.E..

h) D.A.P..

i) J.G.V..

j) C.A.P..

IV) Posteriormente a la producción de las declaraciones testimoniales, se incorporaron el resto de la prueba, consistente en: 1) Informe del Agente de Policía Ángel Pascual LUCERO de fecha 11/12/2021. Actuación Nº 3041515 de SIGELP. 2) Declaración testimonial brindando carácter de formal denuncia de H.O.C.V., en la comisaria de Luan Toro (L.P.), de fecha 11/12/2021 y su testimonio. Actuación Nº 3041563 de SIGELP. 3) Certificado médico expedido el 11/12/2021, por el Dr. H.R.G., del establecimiento asistencial “L.P. de Pistarini” de Victorica (L.P.), referido a las lesiones presentadas por el damnificado H.O.V.. Actuación Nº 3041635 de SIGELP. 4) Historia Clínica correspondiente a H.O.C.V. (5 páginas). Actuación Nº 3041725 de SIGELP. 5) Informe del Consultorio Médico Forense, del 01/06/2022, suscripto por la Dra. R.M.. Actuación Nº 3041777 de SIGELP. 6) Acta de inspección ocular y croquis ilustrativo...

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