Sentencia Nº 707 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Fecha29 Noviembre 2016
Año2017
Número de sentencia707
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Marzo, 30 de marzo de 2.017.-

Legajo: 32903

“Ministerio Público F. c/ REYNOSO, R.A. s/ Robo Calificado”, y

VISTO Y CONSIDERANDO:

I) Que los días 21 y 22 del corriente año, en la Sala de Audiencias de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el legajo N° 32903 contra: R.A.R., DNI: 34.399.177, alias “B., argentino, nacido el 23 de enero de 1.989 en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, domiciliado en calle 40 N° 1525 de la misma ciudad, hijo de R.C. y O.C.G..

Intervino en representación del Ministerio Público F. la Dra. V.C. y asistió en la defensa al imputado el defensor particular Dr. A.T.M..

II) Que el proceso se inicia en virtud de acusar al imputado de que el día 29 de noviembre de 2.016, aproximadamente a las 18:00 hs. en intercepción de calles Avenida S.M. y calle 19 de ésta ciudad, interceptó al menor LB y previo exhibirle una cuchilla, le sustrajo un teléfono celular marca Samsung, modelo J7, color blanco y un billete de 10 pesos, luego se dio a la fuga en una moto marca Honda, modelo “T.”, 250 cc. junto a otro individuo que se hallaba esperándolo.

III) En el alegato de apertura la Sr. F. afirmó que acreditará que el imputado es el autor del ilícito que se investiga. Valiéndose de la prueba ofrecida oportunamente para acreditar su culpabilidad.

Por su parte, la defensa técnica del imputado, dijo que acreditará la inocencia de su defendido en el hecho imputado.

El imputado brindó su declaración. Negó el hecho por el que se lo acusa y se declaró inocente. Manifestó que ese día, se levantó alrededor de las 12.15 horas, se duchó, le preparó de comer a su hija, y la llevó al colegio, -refiriéndose a la Escuela N°241-. Que posteriormente se dirigió al barrio Ranqueles 7 a bordo de una motocicleta marca Motomel 150 cc, propiedad de su esposa, a jugar un “25” y tomar una gaseosa con sus amigos, como habitualmente lo hacían, indicando entre ellos a N.A., C., Q. y A.. Que alrededor de las 17 horas, comenzó a pasar la Brigada en un automóvil Corsa color gris, quienes sacaron primeramente una fotografía, para finalmente arribar toda la policía y hacerlos poner contra la pared a fin de revisarlos. Que posteriormente lo esposaron y llevaron a la comisaría sin dar mayores explicaciones, donde le tomaron fotos y lo llevaron a la zona de los pabellones, donde no le sacaron la ropa que llevaba puesta. Después de estar todo el día en el pabellón, se bañó y puso la misma vestimenta que traía, que solo se cambió las ojotas ya que el calzado que portaba –un par de gomones- tenía mal olor, que dichas ojotas se las prestó S., y que recién tomo conocimiento de lo que se lo acusa cuando lo trajeron a T..

Refirió que no tiene necesidad de robar, ya que hoy en día tiene un sostén y que todo lo que quiere, éste se lo da, refiriéndose a A.J.G. de la localidad de B.L., a quien conoció cuando estaba detenido en la Unidad 4, quien hasta la actualidad lo ayuda económicamente.

Adujo que la versión del damnificado en cuanto a que sacó un cuchillo y lo golpeó, es materialmente imposible ya que tuvo un accidente en motocicleta - señalándose las cicatrices en su mano-, donde tuvo que someterse a una cirugía de tendón, y perdió movilidad.

Expresó que no es cierto que ande vestido del Club F., que es hincha del Club Ranqueles. Reconoció finalmente las ojotas exhibidas por el M.P.F que según sus palabras le fueron prestadas por otro detenido de apellido S..

IV) En cuanto a la producción de prueba se recibieron las declaraciones testimoniales de:

a) LAB, menor damnificado, representado por su progenitor LAB. Reconoció su firma en el acta de denuncia y recordó que el día del hecho salió del colegio Don Eduardo de Chapeaurouge, donde tomó la calle 18 hasta la vías, y dobló hacía la izquierda, acortando camino mirando hacía la calle Avenida S.M., -que indicó sobre el croquis ilustrativo del lugar del hecho- a fin de tomarse el colectivo, donde observó que había una motocicleta “T.” con escape deportivo, color blanca, sin espejos, con dos chicos, donde el que estaba arriba de la misma se puso un gorro y le solicitó que se acerque, llevándolo atrás de los baños químicos ubicados en el SEM, y que mediante un forcejeo con un cuchillo le pidió sus cosas, sustrayéndole su celular del bolsillo, para irse finalmente del lugar.

Describió que dicho sujeto tenía boca grande, de una estatura de 1,80 metros, que llevaba un arito en la ceja, que vestía una bermuda azul, remera de F., un gorrito pescador y un par de ojotas.

Después de lo sucedido salió corriendo hacía la calle 21, donde se encontró con su mamá, y decidieron regresar al lugar y llamar a la policía. Que una vez arribado el personal policial, les describió lo acontecido y les indicó quién pudo haber sido el autor del hecho, atento que lo conocía del barrio, refiriéndose a A.R., conocido como “boquita”, negando que la policía le hubiese sugerido el nombre.

Reconoció las ojotas exhibidas por el M.P.F, como las que llevaba el acusado durante el robo, añadiendo que las recordaba, ya que en todo momento miraba hacia abajo.

Reconoció nuevamente sobre las fotos tomadas durante las ruedas de reconocimiento de personas, quién fue el imputado, señalando el n° 1. Negó que con anterioridad a la prueba jurisdiccional anticipada mencionada le hubieran mostrado una foto de R..

b) RBC, madre del damnificado. Que el día de los hechos se encontró sorpresivamente con su hijo sobre calle 21, quien venía todo colorado, raro, agarrándose la cicatriz que le quedo de la operación por apendicitis, le reveló que le habían pegado y robado el teléfono y unos pesos que tenía...

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