Sentencia Nº 6754 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2020

Número de sentencia6754
Fecha14 Diciembre 2020
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veinte, se reúne en ACUERDO la SALA B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "TRAYKEN S.A. c/DISTRIBUIDORA EL TIMON S.R.L. s/ COBRO EJECUTIVO" (expte. Nº 6754/20 r.CA), venidos del Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras - Circ. II.


El Dr. A.P.B., sorteado para emitir el primer voto, dijo:


1. T.S. promovió juicio ejecutivo contra la firma Distribuidora El Timón S.R.L. por la suma de dólares estadounidenses veintidós mil cuatrocientos (u$s 22.400) que convertidos a pesos a razón de $ 59,50 por cada dólar al día 02/10/2019 equivalen a $ 1.332.800,00. La ejecución se fundó en un pagaré librado en la ciudad de Trenque Lauquen el día 03/03/2017 por la suma u$s 22.400,00 y firmado por el Sr. A.J.I. en su carácter de socio gerente de Distribuidora El Timón S.R.L, para ser pagado a T. S.A. el día 15 de marzo de 2018 (fs. 7).


El a quo dictó sentencia monitoria el 11/10/2019 mandando llevar adelante la ejecución contra la firma Distribuidora El Timón S.R.L. por la suma de $ 1.332.800,00 con más un interés del 6% anual (en dólares) (fs. 15/16).


2. A fs. 65/66 se presentó Distribuidora El Timón S.R.L. y al progreso de la pretensión opuso excepción de pago. Dijo que con fecha 22/07/2016 las partes celebraron un boleto de compraventa por medio del cual la firma T.S. vendió a Distribuidora El Timón S.R.L. una cosechadora marca CASE, modelo 5130. Refirió que como consecuencia de dicha operación, el día 03/03/2017 las partes acordaron suscribir un reconocimiento de deuda y pago por la suma de u$s 67.200, suscribiendo Distribuidora El Timón S.R.L. tres pagarés, cada uno de ellos por la suma de u$s 22.400, con vencimientos los días 15/09/2017, 15/01/2018, y 15/03/2018. Dijo que los primeros dos, tras ser cancelados fueron devueltos por la ejecutada, ambos pagarés que se acompañaron al proceso. Respecto del tercer pagaré -que es el que se ejecuta- dijo que para cancelar el mismo le hizo entrega de seis cheques, que identifica con su número, importe y fecha de pago, todo conforme surge de las copias de los cheques acompañadas y del recibo original adjuntado al proceso; todos los cheques que fueron percibidos por la actora, excepto el cheque n° 31119717 que en su momento fue rechazado por el Banco girado pero...

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