Sentencia Nº 5732/15 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Fecha20 Octubre 2012
Año2017
Número de sentencia5732/15
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

En la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, a un día del mes de junio del año dos mil diecisiete, se reúne en ACUERDO la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial para resolver el recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados "COBREROS, F.A. C/ CAIROLA, J.A.S./ ORDINARIO" (expte. Nº 5732/15 r.C.A.), venidos del Juzgado Civil de Primera Instancia N° 1 de esta Circunscripción.


El Dr. H.A.C., sorteado para emitir el primer voto, dijo:


1. F.A.C. promovió demanda de cobro de pesos por incumplimiento contractual contra J.A.C., por la suma de $ 166.557,20, con más intereses, costas y depreciación monetaria, o lo que en más o en menos surja de la prueba. Expresó que arrendó 300 has. para siembra de soja y girasol por un precio de $ 1.092,96 por hectárea sembrada, lo que -en caso de sembrarse toda la superficie arrendada- hacía un total de $ 327.888. Al firmarse el contrato debía pagar $ 180.000, y el resto en dos cuotas de $ 73.944 (la primera el 20 de octubre de 2012 y la restante al realizarse la siembra). Añadió que debido a las intensas precipitaciones que comenzaron en noviembre de 2012 y se extendieron hasta diciembre del mismo año el campo se inundó, por lo que solo se pudieron sembrar 80 has. de soja. Añadió que jamás pensó que iba a existir dicho inconveniente, por lo que abonó los dos primeros pagos antes de la excesivas precipitaciones y se dejó el último para el momento de la siembra. Con sorpresa, recibió una intimación por la que el demandado le reclamó el pago de la última cuota del convenio. En contestación, intimó a la demandada a que reintegre el dinero que había abonado de más. Remarcó que el precio se pactó en $ 1.092,96 por ha. sembrada y solo sembró 80 has., por lo que reclamó la suma de $ 166.557,20 que había abonado de más (fs. 30/32 v.).


C. pidió que se rechace la demanda, con costas, y reconvino por la suma de $ 73.944 o lo que en más o en menos resulte de la prueba, con más intereses, depreciación monetaria y costas. Dijo que el 29 de agosto de 2012 se reunieron en su oficina y acordaron las condiciones del contrato. Ese mismo día realizó una rebaja del precio del arrendamiento y entregó el predio al actor. A cambio de ello, el demandante abonó la suma de $ 180.000 con dos cheques, acordándose el pago del saldo en dos cuotas iguales de $ 73.944. El 23 de octubre de 2012 se formalizó lo acordado en "el borrador" del 29 de agosto y se celebró el...

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