Sentecia interlocutoria Nº 56 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 31-10-2019

Número de sentencia56
Fecha31 Octubre 2019
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 31 de octubre de 2019.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas: "DIRAZAR, JOSE NICOLAS Y OTRA S/QUEJA EN: DIRAZAR, JOSE NICOLAS Y OTRA C/CASA DEL JUBILADO RIONEGRINO (CA.DE.JUR.) S/ACCION DE AMPARO SINDICAL (LEY 23.551)" (Expte. N° PS2-717-STJ2018 // 30024/18-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Los señores Jueces doctores Enrique J. MANSILLA, Sergio M. BAROTTO y Ricardo A. APCARIAN dijeron:
A fs. 81 se presenta el doctor Gustavo Javier BRONZETTI NUÑEZ, letrado apoderado de la recurrente, a los efectos de solicitar la regulación de los honorarios profesionales, en atención a la intervención que le cupo ante esta instancia.
Resulta pertinente acceder a lo peticionado, habida cuenta de que el nombrado, en representación de los señores José Nicolás DIRAZAR y María Laura BERNARDI, con su propio patrocinio letrado, interpuso a fs. 62/73 vta. queja por recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley denegado en la instancia de origen, la que finalmente fue rechazada por sentencia Nº 75/19-STJ glosada a fs. 77/79 vta. de autos.
En tal virtud, merituando la naturaleza del asunto, la complejidad y extensión de la labor profesional, el resultado de la impugnación y la normativa de aplicación, se estima ajustado al caso regular los estipendios profesionales del doctor Gustavo Javier BRONZETTI NUÑEZ en el 25% de los que le correspondiere en la instancia de origen, calculados en función de las sumas involucradas en la materia objeto de la queja (arts. 15 y ccdtes. de la Ley G Nº 2212). -NUESTRO VOTO-
Las señoras Juezas doctoras Liliana...

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