Sentecia definitiva Nº 49 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 24-09-2013

Fecha24 Septiembre 2013
Número de sentencia49
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 24 de septiembre de 2013.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “DIAZ, ARIEL S/ QUEJA EN: \'DIAZ, ARIEL C/ SUCESORES DE SCHIITT, P.P. Y OTRO S/ ORDINARIO\'” (Expte. N° 26497/13-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
El señor J. doctor S.M.B. dijo:

1.- Mediante la sentencia cuya copia obra glosada a fs. 103/108 vlta., la Cámara del Trabajo de la Ia. Circunscripción Judicial con asiento de funciones en esta ciudad hizo lugar a la demanda y condenó a É.A.G. a abonarle al actor, A.D., la suma liquidada al efecto en concepto de diferencias salariales, asignaciones familiares, vacaciones no gozadas, indemnización por antigüedad e intereses. Asimismo -y en lo que aquí importa por ser motivo de recurso-, rechazó la acción en cuanto también se hallaba dirigida contra L.I.S., M.A.S. y G.J.S..

Para una mejor comprensión de las cuestiones que aquí se discuten, corresponde comenzar relatando brevemente los antecedentes de la causa, según surge de la lectura de la sentencia de Cámara. Así, cabe ante todo poner de manifiesto que el actor se desempeñó como peón rural a las órdenes de P.P.S. y que, tras la muerte de este -ocurrida el 21.11.04-, siguió haciéndolo como dependiente de quien era su concubina, É.G., hasta que finalmente se dio por despedido en abril de 2008. A raíz de ello, demandó a los sucesores de P.P.S. y a É.G.. Esta última contestó demanda por sí y en representación de su hija menor L.I.S.; en el mismo acto, también hizo saber que, al momento de iniciar su relación con el causante, este era de estado civil viudo y tenía dos hijos de su anterior matrimonio, M.A. y G.J.S., quienes, tras ser debidamente notificados, se hicieron parte y tomaron /// ///-2- intervención en el proceso.

En su sentencia, la Cámara hizo lugar a la demanda contra É.A.G. y la rechazó respecto de L.I., M.A. y G.J., todos de apellido S., pues determinó en lo principal que el actor no había mantenido relación laboral con los dos últimos, a quienes tampoco habría interpelado legalmente, mientras que, respecto de L.I., concluyó que había sido traída al proceso por su madre, pero sin que hubiera existido reclamo contra ella.

Ello motivó que la parte actora interpusiera el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley cuya denegación dio origen a la presentación de la queja en estudio.

2.- En oportunidad de articular el remedio principal, la recurrente cuestionó el rechazo de su pretensión respecto de los sucesores de P.P.S. y acusó violación de la ley...

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