Sentecia interlocutoria Nº 48 de Secretaría Civil STJ N1, 05-12-2012

Fecha05 Diciembre 2012
Número de sentencia48
EmisorSecretaría Civil STJ nº1
PROVINCIA: RIO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: CIVIL
INSTANCIA: SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
EXPTE. Nº 26059/12-STJ-
AUTO INTERL. Nº 48

///MA, 5 de diciembre de 2012.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOP. DE SEGUROS LTDA. s/Queja en: DUPRAT, Daiana c/DEBIN, Sergio Claudio s/ORDINARIO” (Expte. Nº 26059/12 -STJ-), puestas a despacho para resolver; y
CONSIDERANDO:

Que por intermedio del presente remedio procesal, se pretende lograr la apertura del recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de San Carlos de Bariloche, según resolución obrante en copia a fs. 37/38 de estos autos.

Analizando en primer lugar los aspectos formales que habilitan esta vía procesal, deben tenerse por cumplidos en su totalidad, atento a las constancias acompañadas y a lo manifestado por el recurrente; por lo que corresponde tener por satisfecha la autosufuciencia requerida para evaluar la pertinencia de la concesión del recurso extraordinario local deducido.

Que en orden a los fundamentos expuestos en el escrito de interposición del recurso de casación (fs. 28/35 de los presentes), se entiende que el mismo satisface suficientemente los requisitos a fin de su...

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