Sentecia definitiva Nº 48 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 24-05-2016

Fecha24 Mayo 2016
Número de sentencia48
EmisorSecretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ nº4
///MA, 24 de mayo de 2016.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "CONCEJO DELIBERANTE DE CINCO SALTOS S/ INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte.Nº 27982/15-STJ-), puestas a despacho para resolver, y:
CONSIDERANDO:
ANTENCEDENTES DE LA CAUSA
Llegan las presentes actuaciones a este Superior Tribunal de Justicia en virtud del desistimiento de la presente acción y del derecho formulado a fs. 177 por los miembros integrantes del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Cinco Saltos que a fs. 88/92 y vta., interpusieron acción de inconstitucionalidad contra las resoluciones municipales nº 796/15 -convocatoria a concursos para cubrir vacantes de agentes y empleados municipales - y nº 898/15, nº 899/15, nº 900/15 y nº 904/15 -de pase a planta permanente de personal contratado-.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
A fs. 179/180 la Sra. Procuradora General, Dra. Silvia Baquero Lazcano, dictamina que corresponde que el Superior Tribunal de Justicia declare extinguido el presente proceso por desistimiento de la acción y del derecho (art. 305 del Cód.Proc.Civ. y Com.), imponiendo las costas a quien desiste.
ANÁLISIS Y SOLUCIÓN DEL CASO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 305 del Cód.Proc.Civ. y Com., “En la misma oportunidad y forma a que se refiere el artículo 304 el actor podrá desistir del derecho en que fundó la acción. No se requerirá la conformidad del demandado, debiendo el juez limitarse a examinar si el acto procede por la naturaleza del derecho en litigio y a dar por terminado el juicio en caso afirmativo. En...

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