Sentencia Nº 4626-2011 de Cámara Nacional Electoral del 04-08-2011
Número de sentencia | 4626-2011 |
Fecha | 04 Agosto 2011 |
CAUSA: “Compulsa en As. 16.125
‘Frente Cívico Federal UDESO Mendoza
s/alianza 2011” (Expte. N° 5128/11
CNE) - MENDOZA.-
FALLO N° 4626/2011
///nos Aires, 4 de agosto de 2011.-
Y VISTOS: los autos “Compulsa en As. 16.125
‘Frente Cívico Federal UDESO Mendoza’ s/alianza 2011” (Expte. N°
5128/11 CNE), venidos del juzgado federal con competencia
electoral de Mendoza en virtud del recurso de apelación
interpuesto y fundado a fs. 80/84 vta., contra la resolución de
fs. 76/78, obrando la contestación de los agravios a fs. 89/93
vta., y el dictamen del señor fiscal electoral actuante en la
instancia a fs. 99/100 vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 76/78 el señor juez
subrogante de primera instancia resuelve -en cuanto aquí
interesa- autorizar la unión de las boletas de la lista interna
“Raúl Alfonsín” de la alianza de distrito Frente Cívico Federal
– UDESO Mendoza con las de la alianza nacional Unión para el
Desarrollo Social - UDESO.-
A fs. 80/84 vta. el señor Víctor
Ibáñez Rosaz, en el carácter de apoderado de la lista Unidad Nº
502 letra “A”, apela y expresa agravios.-
A fs. 89/93 vta. Jorge Appes
Pelliza, apoderado de la lista Raúl Alfonsín contesta los
agravios.-
A fs. 99/100 vta. emite dictamen el
señor fiscal actuante en la instancia.-
2°) Que el artículo 19 de la ley
26.571 establece que “[l]as decisiones de los jueces federales
con competencia electoral serán apelables ante la Cámara
Nacional Electoral en el plazo de veinticuatro (24) horas de su
notificación”.-
En el caso la resolución recurrida
fue notificada el 8 de julio (cf. cédula de fs. 54), y el
recurso fue interpuesto el día 28 de ese mes (cf. cargo de fs.
84 vta.), por lo que es manifiestamente extemporáneo.-
En nada obsta a ello lo alegado por
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