Sentecia definitiva Nº 43 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 11-05-2017

Fecha11 Mayo 2017
Número de sentencia43
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 11 de mayo de 2017.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas: "ESCUDERO, JUAN MANUEL S/ QUEJA EN: ESCUDERO, JUAN MANUEL C/ VIA BARILOCHE S.A. Y OTROS S/ SUMARIO" (Expte. N° CS1-280-STJ2017 // 29015/17-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
1.- Que la Cámara Primera del Trabajo de la IIIa. Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche, hizo lugar parcialmente a la demanda y -en lo aquí pertinente- la rechazó por lo s conceptos de diferencias salariales, multa art. 2 de la ley 25323 y salarios adeudados.
Ello motivó que la parte actora interpusiera el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley del que da cuenta la copia obrante a fs. 15/20 vlta., cuya denegación originó la presentación de la queja en estudio.
2.- Que, de conformidad con las prescripciones del ordenamiento procesal del fuero, el recurso de queja debe ser interpuesto en el término de cinco días, con la ampliación que, en su caso, corresponda en razón de la distancia (conf. arts. 299 del CPCCm, 57, 59 y ccdtes. de la ley 1504 y Ac. Nº 36/85-STJ).
Sobre esa base se advierte que la queja interpuesta en estas actuaciones resulta extemporánea y, en consecuencia, deberá ser rechazada.
Tal circunstancia surge del análisis de las piezas procesales acompañadas. En este sentido, se observa que la denegatoria del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley fue notificada el...

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