Sentecia interlocutoria Nº 43 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 19-12-2018

Fecha19 Diciembre 2018
Número de sentencia43
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 19 de diciembre de 2018.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "XHARDEZ Y COZZI S.R.L S/QUEJA EN: MOREL, CLAUDIO RAUL C/XHARDEZ Y COZZI S.R.L. S/RECLAMO" (EXPTE. N° CS1-399-STJ2017 // 29329/17-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
A fs. 98/108 la parte demandada en los autos principales, interpone recurso extraordinario federal contra la sentencia dictada por este cuerpo el 7 de mayo de 2018 (fs. 96 y vlta.).
A fs. 109, el 24 de mayo de 2018, se provee disponiéndose el traslado de rigor, sin que a la fecha se haya emitido la cédula pertinente en el sistema de notificaciones electrónicas.
En consecuencia, habiendo transcurrido los plazos prescriptos por el art. 310, conf. art. 316 del C.P.N. y art. 316 del CPCCm., corresponde declarar la caducidad de la instancia en el presente proceso. Con costas (art. 73 C.P.N.).
Por ello;
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Declarar la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones (arts. 310 y 316 del CPCCN). Con Costas (art. 73 Cód. cit.).
Segundo...

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