Sentencia Nº 4297-2010 de Cámara Nacional Electoral del 18-02-2010

Número de sentencia4297-2010
Fecha18 Febrero 2010
CAUSA: "Incidente de apelación c/providencia de foja 6826 y
vta., en autos ‘Movimiento Popular Neuquino s/pedido de
personería' (Expte. 16 258 Año 1971)” (Expte.
4722/09 CNE) – NEUQUEN.-
FALLO Nº 4297/2010
///nos Aires, 18 de febrero de 2010.-
Y VISTOS: Los autos “Incidente de apelación
c/providencia de foja 6826 y vta., en autos: ‘Movimiento
Popular Neuquino s/pedido de personería' (Expte. Nº 16 Fº 258
Año 1971)” (Expte. 4722/09 CNE), venidos del juzgado
federal con competencia electoral de Neuquén en virtud del
recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 18/21,
contra la resolución de fs. 15/vta., obrando el dictamen del
señor fiscal electoral actuante en la instancia a fs. 27/28,
y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 15/vta. la señora juez
federal con competencia electoral del distrito Neuquén
resuelve no convalidar la prórroga de los mandatos de las
autoridades del partido Movimiento Popular Neuquino realizada
por la Convención Provincial y, “en consecuencia [...]
intimar a la agrupación [...] para que en el plazo de diez
(10) días de su notificación acredite la convocatoria a
elecciones internas partidarias [...] bajo apercibimiento de
iniciarse [...] el trámite de caducidad de la personería
jurídico política” (fs. 15 y vta.).-
A fs. 18/21 Osvaldo Raúl Ferreyra, Oscar
Alejandro Gutiérrez y Alejo Bolan, apoderados, apelan y
expresan agravios.-
Se agravian “respecto a la no aprobación
por parte del a quo [de] la prórroga de los mandatos de las
autoridades partidarias, dispuesta [...] por la Convención
Provincial” (fs. 18 vta.).-
Destacan que el partido “ha intervenido
en [cuatro] elecciones en lo que va del año, lo cual infiere
un trabajo desgastante de todos quienes participan en
política, un costo económico significante, lo que dejaría en
situación de desigualdad a posibles candidatos a ocupar
cargos partidarios, y un cansancio generalizado [de] la
ciudadanía” (fs. 19).-

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