Sentencia Nº 4226-2009 de Cámara Nacional Electoral del 02-07-2009

Fecha02 Julio 2009
Número de sentencia4226-2009
CAUSA: "Quinteros, María Cristina y otros s/impugnan resolución de Junta de
Gobierno Partido Demócrata del 15-4-08 medida cautelar” (Expte. N° 4587/08 CNE) -
CAPITAL FEDERAL.-
FALLO Nº 4226/2009
///nos Aires, 2 de julio de 2009.-
Y VISTOS: los autos “Quinteros, María Cristina y
otros s/impugnan resolución de Junta de Gobierno Partido
Demócrata del 15-4-08 -medida cautelar” (Expte. N° 4587/08
CNE), venidos del juzgado federal con competencia electoral
del distrito de la Capital Federal en virtud del recurso de
apelación interpuesto a fs. 294 contra la resolución de fs.
276/287 vta., obrando la expresión de agravios a fs.
296/298, su contestación a fs. 304/305 vta., el dictamen
del señor fiscal electoral actuante en la instancia a fs.
309, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 276/287 vta. la señora
juez federal con competencia electoral de la Capital
Federal resuelve -en lo que aquí respecta- declarar la
nulidad de la intervención decretada por la Junta de
Gobierno a las juntas parroquiales allí mencionadas y de la
convención celebrada el 20 de mayo de 2008.-
Para así resolver, señala que la Junta
mencionada se apartó de la normativa partidaria, y de lo
dispuesto por el Tribunal en el caso “Gondra” -Fallo
4008/08 CNE-, por lo que entiende que las intervenciones
cuestionadas no pueden ser consideradas válidas (fs. 283).-
En cuanto a la nulidad de la
convención, la señora juez de grado advierte que la
convocatoria sólo fue dirigida a treinta y nueve
convencionales, cuando dicho órgano está compuesto por
noventa y ocho miembros de acuerdo a las constancias
obrantes en la documental acompañada por la demandada (fs.
285 vta. y fs. 286).-
Por ello, entiende que -para que la
reunión resultara válida- debió haberse convocado a todos

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