Sentencia Nº 4087-2008 de Cámara Nacional Electoral del 04-12-2008

Número de sentencia4087-2008
Fecha04 Diciembre 2008
CAUSA: "Incidente de apelación en autos `Quinteros, María Cristina y otros
s/impugnan resolución de Junta de Gobierno Partido Demócrata del 15-4-08
-medida cautelar´” (Expte N° 4524/08 CNE) - CAPITAL FEDERAL.-
FALLO Nº 4087/2008
///nos Aires, 4 de diciembre de 2008.-
Y VISTOS: los autos “Incidente de apelación en autos
`Quinteros, María Cristina y otros s/impugnan resolución de Junta de Gobierno
Partido Demócrata del 15-4-08 -medida cautelar´” (Expte. N° 4524/08 CNE),
venidos del juzgado federal con competencia electoral de la Capital Federal en
virtud del recurso de apelación deducido a fs. 48 contra la resolución de fs.
42/45 vta., obra ndo la expresión de agravios a fs. 52/53 vta., su contestación a
fs. 57/vta., el dictamen del señor fiscal actuante en la instancia a fs. 63/vta., y
CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 25 la señora juez de grado dispuso
tener por no contestado e l traslado de la demanda interpuesta por el señor
Eduardo Ronaldo Thompson por haber vencido el plazo legal para ello. No
obstante, ordenó agregar la documentación a compañada por la parte
demandada, es decir, el Partido Demócrata de la Capital Federal, la que fue
adjuntada con el escrito de contestación de demanda presentado
extemporáneamente.-
Contra esa decisión el demandante interpone
revocatoria con apelación en subisidio (fs. 26/vta.).-
Se agravia por cua nto la magistrada “permite la
incorporación de [la] documentación ofrecida como prueba por la [contraria]
presentada fuera del plazo legal para hacerlo” (fs. 26). Considera que ello
“afecta la igualdad de las partes durante el proceso, genera confusiones y
v[ulnera] el derecho de defensa” (fs. cit.).-
Solicita entonces el desglose de dicha
documentación (cf. fs. 26 vta.).-
A fs. 42/45 vta. la señora juez de grado haciendo
lugar al recurso revoca por contrario imperio parcialmente su providencia del
17 de junio del corriente año y ordena el desglose de la documentación
cuestionada.-
Contra dicha resolución el señor Raúl Uncal, en
su carácter de apoderado del partido de a utos, apela a fs. 48 y expresa agravios

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