Sentecia definitiva Nº 40 de Secretaría Penal STJ N2, 19-03-2014

Fecha19 Marzo 2014
Número de sentencia40
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 26523/13 STJ
SENTENCIA Nº: 40
PROCESADOS: RAFAEL ARMANDO FIGUEROA - JONATHAN ALEJANDRO FIGUEROA
DELITO: HOMICIDIO
OBJETO: RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
VOCES:
FECHA: 19/03/2014
FIRMANTES: BAROTTO – ZARATIEGUI - PICCININI – BUSTAMANTE JUEZ SUBROGANTE EN ABSTENCIÓN – MANSILLA EN ABSTENCIÓN (NO FIRMA POR COMISIÓN DE SERVICIOS).

///MA, de marzo de 2014.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “FIGUEROA, Rafael Armando y FIGUEROA, Jonathan Alejandro s/Queja en: ‘FIGUEROA, Jonathan Alejandro; FIGUEROA, Rafael Armando y FIGUEROA, Vanesa Verónica s/Homicidio’” (Expte.Nº 26523/13 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal deducido a fs. 133/143 vta., y
CONSIDERANDO:

Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Sergio M. Barotto dijo:

1.- Antecedentes:

1.1.- Mediante Sentencia Nº 112/13, del 27 de agosto de 2013, este Tribunal resolvió rechazar el recurso de queja interpuesto a fs. 59/66 vta. de las presentes actuaciones por el señor Defensor Oficial doctor Juan Pablo Piombo en representación de Rafael Armando Figueroa y Jonathan Alejandro Figueroa y, atento a su revisión integral, confirmó la Sentencia Nº 12/13 de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti.

1.2.- Contra lo decidido, el señor Defensor Oficial deduce recurso extraordinario federal a favor de ambos imputados (fs. 133/143 vta.), respecto del cual se da intervención a la señora Defensora General doctora María Rita Custet Llambí, quien sostiene el recurso interpuesto (ver fs. 146/150).

Corrido traslado del recurso, se agregan escritos de contestación de la Fiscalía General (fs. 156/163) y del
///2.- doctor Pablo Enrique Gutiérrez en representación de la parte querellante particular señora Clotilde del Carmen Sáez (fs. 165/169).

2.– Fundamentos del recurso extraordinario federal:

La Defensa sostiene que el fallo conculca la garantía constitucional del doble conforme por cuanto entiende que el agravio invocado respecto del monto excesivo de la pena impuesta a sus defendidos no fue tratado en ninguna instancia: ni por el tribunal inferior ni tampoco por el tribunal superior. Cita el art. 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Como segundo agravio señala la violación del principio constitucional de razonabilidad en la graduación de la pena, en tanto la de autos (veintiún años de prisión por un delito cometido con dolo eventual) es, a su criterio, una pena cruel en los términos del art. 16 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles; además de que configura un monto desproporcionado, por carencia de...

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