Sentencia Nº 38982 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia38982
Fecha23 Noviembre 1972
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº 976

CARDENAS, L.A.

Legajo nº 38.982, caratulado: “Ministerio Público Fiscal c/ C., L.A., s/ homicidio simple en grado de tentativa”

General Pico, julio 6 de 2018

VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO:

  1. Los días 26, 27, 28 y 29 del mes junio del corriente año, en la sede de la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se celebraron las audiencias de debate de la causa del rubro, seguida a L.A.C., D.N.I. nº 23.138.430, nacido el 23 de noviembre de 1972 en Morón provincia de Buenos Aires, hijo de L.I. y de G.C., con último domicilio en Pasaje Iribarne nº 804 casa nº 19 de la localidad de Intendente A. de esta provincia.

Intervinieron, en representación del Ministerio Público Fiscal el fiscal Dr. G.F.K. y como defensor del acusado el Dr. A.E.T.M..

2. La existencia de los hechos y la autoría

La prueba debatida permite tener por cierto, que el día 29 de noviembre de 2017, a las 22.45 horas aproximadamente en circunstancias en que M.C. salía del comercio Autoservicio “El 24” ubicado en calle U. nº 435 de la localidad de intendente A., y se disponía a subir a su bicicleta, L.A.C., descendió de su automóvil Renault 19 dominio AEV 798, de manera sorpresiva y por detrás le asestó a C. una puñalada en la zona abdominal causándole múltiples perforaciones en el intestino delgado y el mesenterio, herida que hizo que C. cayera al piso, C. se abalanzó sobre éste continuando la agresión con el cuchillo provocándole una lesión en la oreja izquierda y otra en la frente. La agresión cesó cuando ante el pedido de auxilio de C. acudieron las empleadas del mencionado comercio D.F. y M.A.M., asimismo también salió la pareja de C., P.D., quien lo retiró del lugar, para irse ambos en el mencionado automóvil.

Los hechos enunciados se constatan mediante los siguientes elementos de convicción:

La declaración de M.C. quien relató que el día de la agresión había ido a comprar cigarrillos a un quiosco de la localidad, cuando salió y se subió a su bicicleta, C. vino y lo pinchó de atrás y de improviso, y él cayó al piso. C. no le dijo nada, sintió el impacto “nomás”. Este vino de atrás y de costado y desde atrás le pegó adelante, no lo vio venir, “cuando tengo el cuchillo dentro del estómago, que miro así para el costado, ahí veo recién a C., estaba queriendo tener los intestinos para que no me salieran del cuerpo”. “Cuando me saca el arma del estómago caigo al piso, me sigue tirando, tengo cortes en la cara, y me decía que me muriera”. Reitera que recibió el puntazo de imprevisto y de costado, cayó al piso porque lo inmovilizó, cuando C. le saca el arma se le salen los intestinos para afuera y el cuerpo se le inmoviliza, lo único que podía mover era el cuello. Cuando estaba en el piso C. se le tiró encima y le quería cortar el cuello y la cara, “yo trataba, tengo un corte en el oído y en la frente un rayón”, C. lo agarró de los pelos y le puso el cuchillo en el cuello, y la señora de C. le dijo “déjalo que ya se muere”. No recuerda si a C. lo saca la gente o la señora. Salieron unas chicas del quiosco o vecinas del lugar. La señora se ve que tiene mucha mas fuerza que C. porque lo sacó a los tirones. Cuando ingresó al comercio advirtió que estaba la señora de C.. Vio el auto en el que C. se fue. C. lo agredió supuestamente por un incidente que tuvo en un boliche con un hijo de él hace muchos años atrás. Afirmó, que tenía conocimiento que C. le iba hacer algo, porque ya se lo habían advertido.

Milagros A.M., relató que el día del hecho se encontraba trabajando en el negocio. Esa noche, mientras atendía a P.D., entró M.C. a comprar cigarrillos, quien fue atendido por su compañera. C. se retiró y mientras ella terminaba de atender a D., se escucharon gritos de M.C., lo que motivo que D. mirara por la ventana y saliera corriendo, yendo ella y su compañera D.F. por detrás. Al salir a la vereda vio a M.C. tirado en el piso, por lo que se quedaron a ayudarlo, retirándose D. con C.. Precisó que al salir vio a D. tironear del brazo a C. para subirlo al auto, éste estaba en la vereda del negocio a dos metros de C.. Vio que C. tenía un cuchillo en la mano derecha. Preguntada de porque D. tironeaba del brazo a C. dijo que era para que dejara de hacerle daño a C..

D.A.F., dijo que el día del hecho se encontraba trabajando en el horario de noche en un Autoservicio “El 24” de P.S., estaba con su compañera M.M.. Esta estaba atendiendo a la señora de C., luego entró una persona de nombre M., pidió cigarrillos, pagó y se fue. Luego escuchó gritos de M. pidiendo ayuda. En ese momento salieron las tres a la vereda, esto ocurrió minutos después de que M. saliera del local. Observó a M. tendido en el piso al costado del negocio donde hay una bajada de garaje, decía que lo habían apuñalado. También se encontraba C. que estaba a unos metros de C., la señora lo agarró y se fueron en su auto, no observó que hubiera resistencia al llevárselo. Pudo ver que C. tenía un cuchillo en la mano. Precisó que solo escuchó pedir ayuda a gritos a M., no oyó nada por parte de C..

El oficial subinspector F.G.B., quien refirió que el día del hecho recibió una llamada telefónica que daba cuenta de una pelea en un negocio. Al llegar al lugar comprobó que había una persona herida de arma blanca, era M.C., quién le manifestó que C. lo había apuñalado. Lo auxilió hasta que llegó la ambulancia. Ratificó el acta de constatación e inspección ocular y el croquis demostrativo del lugar del hecho. También ratificó el acta del allanamiento realizado en el domicilio de Y.R. y de E.T., ubicado en A.V. nº 374 de la localidad de Intendente A., en la que consta que allí se halló escondido un cuchillo con mango de asta y de madera, marca Tandil, El Chajá, procediéndose a su secuestro.

El agente M.N.T., refirió que el día del hecho, alrededor de las 22.30 u 23.00 horas, le informaron que había una persona con herida de arma blanca en frente al negocio de S.. Al llegar al lugar ya había personal policial en el lugar, las primeras asistencias se le hicieron C. en el lugar, dado que tenía una herida notoria en el sector del abdomen, y antes de hacer su traslado en ambulancia se le preguntó qué le había pasado, respondiendo que había recibido una agresión con un arma blanca por parte de C.. C. se encontraba tendido en la vereda a unos cinco o seis metros hacia el Sur, y no exactamente en la entrada del local. Desconoce si entre estas dos personas había algún problema. Aunque si tomó conocimiento de que hace tres o cuatro...

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