Sentencia Nº 35364 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia35364
Fecha23 Enero 1996
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

FALLO Nº 884

A, M.

Legajo nº 35.364, caratulado: “Ministerio Público Fiscal c/ A, M. s/ robo agravado y abuso sexual simple agravado, en concurso real”

Legajo nº 35.365, caratulado: “Ministerio Público Fiscal c/ A, M. s/ robo agravado, en concurso real”

General Pico, febrero 27 de 2018.

VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO:

  1. Los días 14, 15, 16 y 20 del corriente mes y año, en la sede de la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se celebró la audiencia de debate de las causas del rubro, seguidas a M., D.N.I. nº 39.XXX.XXX, nacido el 23 de diciembre de 1996 en esta ciudad, hijo de A.M. y de M.T., domiciliado en calle XXX de XXX.

Intervinieron, en representación del Ministerio Público Fiscal, el fiscal Dr. D.C. y como defensor del acusado, el Dr. L.E.M..

2. La existencia de los hechos, la autoría y la calificación legal.

La prueba debatida permite tener por ciertos los siguientes hechos que fueron objeto de la acusación fiscal:

Legajo nº 35.364:

a) El día DDD de 2017, entre las 00:30 y 00:50 horas, M. junto con P., que a la fecha contaba con quince años de edad, ingresaron al automotor TTT , de tres puerta, dominio XXX que se encontraba estacionado sobre la banquina, en las inmediaciones del acceso a la NNN situado sobre XX, a unos mil quinientos metros de las calles YYY de XXX, dentro del cual y en el asiento trasero se encontraban YYY y XXX, a quienes, empleando una cuchilla que portaba A., los amenazaron, logrando de ese modo sustraerles: las llaves del rodado, un teléfono celular marca Exo, color blanco, táctil de la empresa Claro, con chip número XXX, indumentarias, una billetera de cuero color verde oscuro, que contenía varios documentos (D.N.I. y registro de conducir) y $ 2.300 aproximadamente, discriminado en billetes de $500, $100 y cambios varios y la documentaciones del rodado. También en dicha oportunidad, T. le realizó tocamientos a XXX en la vagina. Cuando A. y T. se retiraban del lugar, YYY descendió del automotor, aquellos regresaron comenzando YYY a pelear con T., mientras tanto A. le impedía a XXX. descender del vehículo y le requería que le entregara su celular. YYY logró escapar y T. se dirigió hacia donde estaba XXX., le dio una patada, la tiró al suelo le sacó la remera, se le tiró encima y le tocó los senos. XXX logró sacárselo de encima a T. y escapar. Finalmente A. y T. sustrajeron el mencionado automotor, el que abandonaron en la calle XXX esquina XXX, de YYY.

Legajo nº 35.365:

b) Entre las 21:30 horas del día D. y las 00:30 horas del día siguiente, M. y P., que en ese momento contaba con 15 años de edad, ingresaron a NNN, propiedad de ZZZ., situado en la ruta provincial XXX a unos mil quinientos metros de las calles XX y XX de XXX, y de una de las viviendas, al que ingresaron tras desprender el mosquitero que recubría una de las ventanas que dan al norte, sustrajeron: tres valijas de gran tamaño, siendo una de color violeta, otra color azul y restante color negro, varias prendas de vestir, dos pares de zapatillas ambas marca Nike, nº 45, tres botellas de sidra, una de vodka y dos o tres botellas de fernet, una videocasetera color gris, un decodificador color negro, una radio minicomponente marca JVC, color negra, medio cordero, un vacío completo, un kilo de bifes de chorizo, una horma de queso tipo mozzarella y otra horma de queso S. cáscara blanca. También sustrajeron del interior del garaje de la vivienda, un juego de llaves de un Jeep propiedad del damnificado y una aspiradora color blanca. A excepción de la radio minicomponente, los diferentes tipos de carne, las hormas de queso, un par de zapatillas y una caja artesanal musical de subwoofer color negra, el resto de las cosas sustraídas fueron encontradas tiradas en camino de acceso a la vivienda a pocos metros de la ruta.

Los hechos enunciados se constatan con los siguientes elementos de convicción:

Legajo nº 35.364

a) La materialidad de los hechos investigados en este legajo no fue controvertida. Las declaraciones contestes de las víctimas los reconstruyen históricamente con precisión. En efecto:

YYY ratificó la denuncia que realizara y relató: que la noche de los hechos, alrededor de las 12:00 horas, pasó a busca en su automóvil XXX a XXX.. Fueron hasta el lugar de los hechos, el cual reconoció en las fotografías del mismo que se le exhibieron. Cuando estaban con XXX. en el asiento trasero, sintieron un ruido al que le dieron importancia, siendo sorprendidos tiempo después por dos personas, que se le metieron en el auto, uno por cada puerta.

La persona que entró por la puerta izquierda era menor de edad, tenía capucha y mochila, estaba violento y sacado, no portaba armas, comenzó a amenazarlos, les pedía de todo. Que en dichas circunstancias se puso adelante de XXX para protegerla, mientras le entregaba la billetera, la campera. La otra persona le pegó un planazo con un cuchillo en la cabeza y le dijo que se quedara piola. Les ofreció todo lo que tenía para que las cosas no pasaran a mayores, pero el menor que estaba sacado, como no podía sacar el stereo original del auto, arrancó todos los botones de la calefacción. En un momento los dos manosearon a XXX, más precisamente le tocaron la vagina y le decían que era una putita, que la iban a violar, que ahora iba a conocer a un macho, insistían en tocarla. A él lo trataban de pelotudo, le decían que por rata se la iban a violar XXX estaba desnuda, al igual que él. Mucho no pudo hacer para defenderla porque lo tenían a punta de cuchillo. T. revolvía todo y Á. los tenía amenazados con la cuchilla. XXX comenzó a alterarse y dichas personas tomaron las cosas y se las llevaron, diciendo que no iba a pasar nada. Cuando pensó que todo había terminado, salió afuera para ponerse el pantalón, ya que le habían tirado toda su ropa afuera del vehículo, tocó sin querer con el codo el guiñe, por lo que los delincuentes regresaron y lo increparon diciéndole porqué hacía señas, a quién quería llamar. Quería que se subiera al auto, pero no lo hizo. Se trenzó a golpes con el menor, mientras el otro revisaba el coche buscando el celular de XXX que había escondido. Esta se mantenía en el asiento trasero muy asustada, gritando por favor que se fueran. El menor le pidió ayuda al otro, los dos lo corrieron cien metros sin poder alcanzarlo, para finalmente desistir y volver al auto, mientras él pedía ayuda a los vehículos que pasaban por la ruta. Luego los imputados se subieron al auto y después de un rato arrancaron, por lo que él regresó al lugar donde estaba estacionado, allí paró un auto, le explicó la situación a las personas que iban, quienes le manifestaron que ya habían dado aviso la policía. Reconoció en las fotografías exhibidas alguna de las prendas de vestir que estaban desparramadas en el lugar como suyas. Refirió que en el lugar había un perro que estaba con los imputados y que subió al auto con ellos, era negro, flaco, de tamaño mediano.

Recuperó el auto esa madrugada, lo recibió todo revuelto, la luneta, tenía cuchillazos. Nunca recuperó ni el teléfono, ni el documento, ni la billetera, ni la plata, ni una campera de cuero.

XXX, ratificó la denuncia policial que realizara y relató: que estaba con YYY en su auto en la ruta pasando CCC, era aproximadamente las doce de la noche o una de la madrugada. Estaba manteniendo relaciones cuando escucharon un ruido sobre el auto. Al rato...

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