Sentecia definitiva Nº 346 de Secretaría Penal STJ N2, 20-12-2017

Número de sentencia346
Fecha20 Diciembre 2017
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 20 de diciembre de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “CUADRADO, Juan Pablo s/Queja en: \'CUADRADO, Juan Pablo s/ Homicidio (con detenido)\'” (Expte.Nº 29025/17 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 66/77 vta., concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Sentencia Nº 231, del 8 de septiembre del corriente, este Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación deducido por los defensores y, consecuentemente, confirmó la Sentencia Nº 28/16 de la Cámara Primera en lo Criminal de San Carlos de Bariloche que -en lo pertinente- había condenado a Juan Pablo Cuadrado a la pena de doce años de prisión, como autor del delito de homicidio simple (arts. 45 y 79 C.P.).
Contra lo así decidido, los doctores Hugo R. Cancino y David Milstein interponen recurso extraordinario federal a favor del imputado (fs. 66/77 vta.), del que se corre traslado a la Fiscalía General por el término de ley (art. 257 Ley 22434) y su titular contesta a fs. 83/88 vta.
2. Que los letrados recurrentes detallan las condiciones de admisibilidad del recurso y reseñan los antecedentes de la causa y los agravios de los recursos de casación y queja, para luego ingresar en el desarrollo de los planteos del remedio ahora presentado.
En tal tarea, previo dar cuenta de la doctrina acerca de la cuestión federal y reiterar la crítica respecto de la decisión condenatoria, expresan que este Cuerpo ha hecho una vaga e insuficiente referencia al resultado del litigio y al mérito de la prueba, sin fundamento suficiente para conmover el principio de inocencia y el in dubio pro reo.
Añaden que tampoco se han tratado agravios oportunamente introducidos respecto del debido proceso legal y la defensa en juicio, basados en la grosera fundamentación que habría esgrimido el a quo para determinar la responsabilidad penal de su representado y el quantum de la pena; en el mismo orden de ideas, denuncian la omisión de los planteos relativos a otros defectos formales señalados.
Los letrados invocan arbitrariedad por insuficiencia en la determinación de las condiciones para la configuración del delito de homicidio simple por el cual fue condenado su pupilo, aludiendo al mérito de la prueba, y concluyen que la sentencia del Tribunal de juicio
/// carece de una adecuada motivación lógica en los aspectos fácticos y jurídicos, puesto que no habría aplicado correctamente la sana crítica racional, a...

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