Sentecia interlocutoria Nº 33 de Secretaría Civil STJ N1, 11-06-2014

Número de sentencia33
Fecha11 Junio 2014
EmisorSecretaría Civil STJ nº1
PROVINCIA: RIO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: CIVIL
INSTANCIA: SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
EXPTE. Nº 27064/14-STJ-
AUTO INTERL. Nº 33

///MA, 11 de junio de 2014.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “SANCHEZ, Roberto Daniel y LOPEZ GUERRA, Nancy Anabel s/Queja en: SANCHEZ, Roberto y Otra c/PROVINCIA DE RIO NEGRO y Otros s/ORDINARIO” (Expte. Nº 27064/14-STJ-), puestas a despacho para resolver; y- CONSIDERANDO:

Que por intermedio del presente remedio procesal, se pretende lograr la apertura del recurso de casación denegado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca, según resolución obrante en copia a fs. 129/139 de estos autos.

Analizando en primer lugar los aspectos formales que habilitan esta vía procesal, deben tenerse por cumplidos en su totalidad, atento a las constancias acompañadas y a lo manifestado por el recurrente; por lo que corresponde tener por satisfecha la autosuficiencia requerida para evaluar la pertinencia de la concesión del recurso extraordinario local deducido.

Que en orden a los fundamentos expuestos en el escrito de interposición del recurso de casación (fs. 87/100 de los presentes), se entiende que el mismo satisface suficientemente los requisitos a fin de su admisibilidad formal, surgiendo “prima facie” una crítica seriamente elaborada, lo que justifica su concesión.

Por ello y de acuerdo a lo dispuesto por el art. 299 del...

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