Sentencia Nº 324 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 19-10-2022

Número de sentencia324
Fecha19 Octubre 2022
MateriaVOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Vs. UERCOM S.R.L. S/ EJECUCION PRENDARIA

PODER JUDICIAL DE TUCUMÁN CENTRO JUDICIAL CAPITAL Excma. Cámara en Documentos y Locaciones - Sala III ACTUACIONES N°: 4299/19 JUICIO: VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ UERCOM S.R.L. s/ EJECUCION PRENDARIA EXPTE N° 4299/19 - SALA III -San Miguel de Tucumán, 19 de octubre de 2022Sentencia Nro. 324

Y VISTO :
Para resolver el Recurso de Apelación en subsidio concedido en autos a la actora VOLKSWAGEN S.A. DE AHORROS PARA FINES DETERMINADOS, contra la resolución de fecha 09 de Junio de 2022, y;

CONSIDERANDO :
Que en la impugnada decisión, la Sra.
Jueza a quo con invocación de la Ley Provincial 9405 dispuso no hacer lugar a la medida cautelar de secuestro requerida por la actora. En su planteo de reposición con apelación en subsidio, la recurrente impetra se revoque dicha resolución con liminar argumento en el sentido de que la mentada normativa es inaplicable en la especie. Ello en tanto el demandado no es un ahorrista ni un consumidor conforme lo establece la Ley 24240 es decir que no entra en el objeto de protección querido por la ley, toda vez que no es destinatario final del producto adquirido, es decir del vehículo, sino que este forma parte de su cadena productiva ya que se trata de una SRL creada con fines comerciales. Además sostiene que el demandado no es un ahorrista que necesita tutela, por el contrario es una persona jurídica (sociedad comercial) que usa el bien adquirido mediante un contrato de prenda con fines lucrativos, para poder trasladarse con el objeto de explotar su actividad económica. Afirma que la ley no cumple con su objeto - por el contrario agrava la situación de los que suscribieron planes de ahorro. Señala que la norma citada resulta inaplicable al caso, toda vez que su aplicación magnifica las consecuencias que el legislador quiso evitar y tuvo en miras para el dictado de la norma cuestionada; y de su aplicación resultaría más daño que beneficio para el accionado. Cita jurisprudencia que considera aplicable al caso y en subsidio, para la hipótesis que se entienda aplicable la norma al caso que nos ocupa, planteó la inconstitucionalidad con referencia a las facultades delegadas a la nación, derecho de propiedad e irretroactividad de las leyes que se trata. De otra parte reprocha al decisorio en crisis al que tila de contrario a derechos cuando deniega a su mandante una medida cautelar, por cuanto el texto de la escueta ley no prohíbe las medidas cautelares de secuestro ni hace mención a ello; la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR