Sentecia definitiva Nº 314 de Secretaría Penal STJ N2, 08-11-2017

Fecha08 Noviembre 2017
Número de sentencia314
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 8 de noviembre de 2017.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “GARCÍA, Mirco Gonzalo s/Queja en: \'GARCÍA, Mirco Gonzalo s/Homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un automotor\'” (Expte.Nº 29444/17 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
La señora Jueza doctora Adriana C. Zaratiegui dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante Auto Interlocutorio Nº 75, de fecha 3 de julio de 2017, la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti resolvió no hacer lugar al beneficio de suspensión de juicio a prueba solicitado a favor de Mirco Gonzalo García.
Contra tal decisión, la defensa particular del nombrado interpuso recurso de casación, que fue declarado formalmente inadmisible por el a quo, lo que motivó la presentación de esta queja.
2. Fundamentos de la denegatoria:
La Cámara en lo Criminal estima que, pese al esfuerzo de la parte, el caso no prosperará por dos razones: una de ellas es la implicancia que tiene la emergencia vial que obliga a esmerar los esfuerzos para los fines del cumplimiento de la conducción reglamentaria de los vehículos; la otra es la pacífica jurisprudencia de este Superior Tribunal en el sentido de que el dictamen fiscal fundado y contrario a la aplicación del instituto de la suspensión de juicio a prueba obliga al juez a fallar en tal sentido.
En este orden de ideas, refiere que el señor Fiscal de Cámara expresó que, más allá de las condiciones objetivas que permitían la aplicación de una condena en suspenso, el grado de alcohol en sangre que presentaba el imputado sumado a la velocidad excesiva que desarrollaba constituían razones por las cuales se oponía al otorgamiento del beneficio. El a quo entendió entonces que dicha oposición era fundada, ya que no afectaba la legalidad en medida alguna.
/// Por ello, resuelve declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por los defensores particulares de Mirco Gonzalo García.
3. Agravios del recurso de queja:
Después de reseñar el contenido de la declaración de inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, a lo que entrelaza algunas críticas, la defensa expone los fundamentos del recurso de queja.
Tal como lo había hecho en el recurso de casación, basa principalmente su crítica en la falta de motivación suficiente de la oposición del Fiscal, en tanto una de las dos razones que fundaron su dictamen...

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