Sentencia Nº 3101-2003 de Cámara Nacional Electoral del 27-03-2003

Fecha27 Marzo 2003
Número de sentencia3101-2003
CAUSA: "Incidente de apelación en
autos Arias, César s/solicita
nulidad del Congreso Nacional del
Partido Justicialista del 10 de
noviembre de 2001” (Expte. NE
3595/02 CNE) - CAPITAL FEDERAL.-
FALLO Nº 3101/2003
///nos Aires, 27 de marzo de 2003.-
Y VISTOS: Los autos “Incidente de apelación en autos
Arias, César s/solicita nulidad del Congreso Nacional del
Partido Justicialista del 10 de noviembre de 2001" (Expte. NE
3595/02 CNE), venidos del Juzgado Federal Electoral de distrito
Capital Federal, en virtud del recurso de apelación interpuesto
a fs. 34 contra la resolución de fs. 27/31, obrando la expresión
de agravios a fs. 36/41 y el dictamen del señor Fiscal actuante
en la instancia a fs. 52, y
CONSIDERANDO:
1E) Que a fs. 27/31 la señora juez a quo,
haciendo lugar a la medida cautelar impetrada a fs. 1/2,
suspende la reunión del Congreso Nacional del Partido
Justicialista convocada para el 29 de octubre de 2002. Dispone,
asimismo citar a una audiencia de conciliación al señor
presidente de ese órgano y al del Consejo Nacional partidario,
ordenando que -cumplida que sea- se corra vista al señor fiscal
respecto del fondo de la cuestión planteada.-
Sostiene que no puede considerarse la
reunión referida como una continuación de la iniciada el 10 de
noviembre de 2001 toda vez que esta última pasó a cuarto
intermedio para febrero o marzo de 2002, por lo que "la
convocatoria de continuidad que ahora se pretende realizar luce
extemporánea y tardía". Destaca, además, que tal proceder
resulta contrario a la naturaleza de los órganos deliberativos
"habida cuenta que es notoriamente contraria a derecho la
existencia de reuniones que puedan estar en situación de cuarto
intermedio por tiempo indefinido", y cita al respecto
jurisprudencia de este Tribunal y de la Cámara Nacional de

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