Sentencia Nº 2653-1999 de Cámara Nacional Electoral del 30-09-1999

Fecha30 Septiembre 1999
Número de sentencia2653-1999
CAUSA: "Incidente de apelación en autos "Incidente de oficialización de candidatos a Presidente y Vicepresidente Concertación Justicialista para
el Cambio -otros distritos" (EXPTE. Nº 3225/99 CNE) - CAPITAL FEDERAL.-

FALLO Nº 2653/99

///nos AIRES, 30 de setiembre de 1999.-
Y VISTOS: Los autos "Incidente de apelación en autos "Incidente de oficialización de candidatos a Presidente y Vicepresidente Concertación Justicialista para el Cambio -otros distritos" (EXPTE. Nº 3225/99 CNE), venidos del juzgado federal electoral de la Capital Federal en virtud de los recursos de apelación deducidos y fundados a fs. 80/82 y 86/88 contra la resolución de fs. 73/76, contestados a fs. 95/96, obrando el dictamen del señor fiscal actuante en la instancia a fs. 99 y vta., y
CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 1 obra nota del apoderado del Partido Nuevo -distrito de Corrientes- dirigida al apoderado de la alianza "Confederación Justicialista para el Cambio" acompañando el acta de la Junta Provincial de dicho partido del 2 de setiembre de 1999 (fs. 3) en la cual se resuelve solicitar de los candidatos de la fórmula presidencial de dicha alianza que acepten ser candidatos de la propia lista partidaria y, para el supuesto de no ser viable tal petición, que se permita al partido adherir a dicha fórmula para participar en las elecciones nacionales conjuntamente con sus candidatos provinciales.-
A fs. 27/28 los apoderados del partido Justicialista -orden nacional-, obrando también en representación de la alianza "Concertación Justicialista para el Cambio" se presentan ante la juez federal electoral de la Capital Federal expresando -conforme la autorización conferida por la fórmula presidencial "Duhalde-Ortega"- la conformidad para que, entre otras muchas fuerzas políticas que mencionan, el Partido Justicialista y el Partido Nuevo -ambos del distrito de Corrientes- incluyan, en sus boletas, formando el primer cuerpo de las mismas, la referida fórmula presidencial.-
Esta autorización motiva la oposición de la apoderada del Partido Justicialista del distrito de Corrientes (fs. 37/41) y candidata a diputada provincial por dicha agrupación política. Sostiene en síntesis que el Partido Justicialista -orden nacional- no tiene facultades para conferir la autorización que cuestiona y que tal autorización implica en los hechos suplantar una alianza inexistente entre ambos partidos. Dice, de otro lado, que la carta orgánica del Partido Nuevo acompañada en autos no es la vigente y
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