Sentecia definitiva Nº 22 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 19-02-2020

Número de sentencia22
Fecha19 Febrero 2020
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3
///MA, 19 de febrero de 2020.
Visto: Las presentes actuaciones caratuladas: "VILLANUEVA SILVA, ERWIN JAIME C/PROVINCIA ART S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO (l) S/INAPLICABILIDAD DE LEY" (Expte. N° A-3BA-181-L2017 // 30524/19-STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
El señor Juez doctor Sergio M. BAROTTO dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante sentencia de fs. 299/305, la Cámara Segunda del Trabajo de la IIIa. Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche declaró la inconstitucionalidad de los arts. 12 inc.1 y 46 inc. 1 de la Ley 24557.
Hizo lugar a la demanda interpuesta condenando a la accionada a pagar al actor una suma determinada de dinero en concepto de indemnización por incapacidad parcial, permanente y definitiva -conforme cálculo previsto en el art. 14 inc. 2 ap. a) de la Ley 24557-, otorgando también el 20% de indemnización adicional conforme art. 3 de la Ley 26773, con más los gastos, intereses y costas.
Ante la rebeldía de la demandada sostuvo que cobró operatividad la presunción de verdad de los hechos afirmados por el actor, teniendo por debidamente acreditado el accidente sufrido por aquél el día 26-02-15 en su calidad de oficial albañil de la empresa Alusa SA, y que, como consecuencia de ello, presenta un grado de incapacidad del 11,13% de la total obrera.
A los fines de cuantificar la indemnización decidida, se tomó el salario percibido por el accionante en el mes de septiembre de 2018 -fecha del dictamen pericial que determinó la incapacidad- y se integró ese monto tanto con las sumas remunerativas como con las denominadas no remunerativas, el SAC proporcional, y la totalidad de las prestaciones en especie que sean necesarias para asistir al trabajador lesionado (cf. art. 20 Ley 24557).
Contra lo así decidido se alzó la parte demandada a través del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley cuyos términos surgen de fs. 306/309 vta. el que fue concedido parcialmente por el grado, solo en relación al agravio referido a la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24557 (cf. fs. 331/333 vta.).
2. Agravios del recurso:
La recurrente plantea que el fallo incurre en una errónea aplicación de ley por haber omitido o no haber tenido presente la vigencia, a la fecha del pronunciamiento, de la ley 27348, cuestionando así la cuantía indemnizatoria y la aplicación del art. 12 de la ley 24557. Menciona que al haberse declarado la inconstitucionalidad del dispositivo...

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